LEY 14905 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase de interés social, en los términos y alcances de la Ley 13342, Decreto Reglamentario y normas complementarias, a los bienes inmuebles que conforman el Barrio 19 de Febrero del partido de La Plata, designado catastralmente como Circunscripción IX, Parcela 2661, inscripto su dominio en la Matrícula 145.422, a nombre del "Club Social, Cultural 19 de Febrero" y "Hormigovial Sociedad Anónima" y/o quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiún días del mes de Diciembre del año dos mil dieciséis.