LEY 4545
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para donar al
Superior Gobierno de la
Nación, el terreno de propiedad fiscal designado en el plano
del ejido de La Plata,
con la manzana X, sección 11, cuya superficie total es de catorce mil ciento
cincuenta y cinco metros con doce decímetro cuadrados (14.155,12 mts.2),
con todo lo existente en él, destinado a la instalación del Comando de la 2ª
División del Ejército.
ARTÍCULO 2.- La donación se efectúa con el único efecto
expresado, y volverá al dominio de la Provincia si no se diera tal destino.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.