LEY 4545

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTÍCULO1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para donar al Superior Gobierno de la Nación, el terreno de propiedad fiscal designado en el plano del ejido de La Plata, con la manzana X, sección 11, cuya superficie total es de catorce mil ciento cincuenta y cinco metros con doce decímetro cuadrados (14.155,12 mts.2), con todo lo existente en él, destinado a la instalación del Comando de la 2ª División del Ejército.

 

ARTÍCULO 2.- La donación se efectúa con el único efecto expresado, y volverá al dominio de la Provincia si no se diera tal destino.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.