DECRETO 2388/99
LA PLATA, 1 de SETIEMBRE de 1999.
VISTO el Decreto nº 641/99 mediante el cual se aprobará la Estructura Organizativa de la Dirección Provincial de Rentas dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario aprobar e incorporar las acciones correspondientes a la Dirección Adjunta de Legal y Técnica Tributaria en el Anexo III del Decreto nº 641/99, que fueran omitidas al momento del dictado del citado acto;
Que acorde al funcionamiento pretendido por la Dirección Provincial de Rentas, se considera oportuno modificar la denominación de los Departamentos dependientes de la Gerencia Regional (I a XIII), con sus respectivos cargos estructurales;
Que de acuerdo con las particularidades y características de las áreas de actuación geográfica pertenecientes a la Dirección de Recaudación y Control del Cumplimiento Tributario, se hace indispensable la modificación de los Distritos determinados en el Anexo I.a. del Decreto nº 641/99 y consecuentemente la aprobación de un nuevo Anexo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase la Estructura Organizativa de la Dirección Provincial de Rentas, que fuera aprobada mediante Decreto nº 641/99, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, de acuerdo a lo dispuesto en el presente acto.
ARTÍCULO 2.- Apruébanse las acciones correspondientes a la Dirección Adjunta de Legal y Técnica Tributaria e incorpóranse al Anexo III del Decreto nº 641/99, las que como Anexo II forman parte integrante del presente acto.
ARTÍCULO 3.- Modifícase la denominación de los Departamentos de Fiscalización Externa (I a XIII) y el de la Gerencia Departamental (I a XXXI), por la de Departamento Gerencia de Fiscalización (I a XIII) y por la de Departamento Gerencia de Recaudación (I a XXXI), respectivamente, como así también la denominación de los cargos estructurales que se correspondan, manteniéndose las tareas que fueran aprobadas para cada uno de ellos mediante el Decreto n° 641/99.
ARTÍCULO 4.- Sustitúyese del Artículo 3° y del Anexo VI del Decreto nº 641/99 la denominación de los cargos y Departamentos de acuerdo a lo determinado y modificado por el Artículo precedente.
ARTÍCULO 5.- Suprímese del Decreto n° 641/99 el Anexo I y I.a.
ARTÍCULO 6.- Apruébase el Organigrama y la determinación y composición de las Gerencias Regionales de la Dirección Provincial de Rentas, que como Anexo I y I.a., forman parte integrante del presente acto.
ARTÍCULO 7.- Establécese que a los agentes que se desempeñen como responsables de los Distritos que se nominan en el Anexo I.a. del presente, corresponderá reconocérseles la categoría salarial 18 del escalafón vigente,- Ley 10430 T.O. Decreto nº 1869/96 y su Reglamentación, dentro de los términos del artículo 25 inciso e) de la citada norma legal; en los casos en que revisten en categoría inferior a la misma.
ARTÍCULO 8.- El Ministerio de Economía mediante la Dirección General de Administración, en un plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha del presente Decreto, deberá elaborar un texto ordenado del Decreto n° 641/99 y de lo determinado por este acto administrativo.
ARTÍCULO 9.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTÍCULO 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.
ANEXO II
DIRECCIÓN ADJUNTA LEGAL Y TECNICA TRIBUTARIA