DECRETO 3643/99

 

 

LA PLATA, 6 de DICIEMBRE de 1999.

 

 

VISTO la propuesta de titularización del personal temporario del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, atento al dictado del Decreto número 2109/98; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que a fin de efectivizar dicha gestión resulta necesario incrementar el Número de Cargos del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, incorporando la  cantidad de ciento ochenta y siete (187) cargos en los distintos Agrupamientos Ocupacionales pertenecientes a la Planta Permanente, haciendo uso de la facultad conferida al Poder Ejecutivo por el Artículo 33º de la Ley 12232 –Presupuesto General Ejercicio 1999-, efectuando al mismo tiempo las correspondientes transferencias de créditos con el fin de proceder a la designación de los agentes en los cargos incorporados;

 

 

Que la adecuación propiciada puede resolverse mediante la autorización del Artículo 19 de la Ley 12232, aprobatoria del Presupuesto General Ejercicio 1999;

 

 

Que resulta necesario efectuar la modificación presupuestaria correspondiente a la distribución de nueve (9) cargos en las respectivas Plantas de Personal Permanente y Temporario, transfiriendo los mismos;

 

 

Que dichas designaciones se efectúan de conformidad con las pautas establecidas en el Artículo 5º de la Ley 10430 (Texto Ordenado por Decreto nº 1869/96) y con encuadre en el Decreto nº 2109/98;

 

 

Que en virtud de ello han tomado intervención en la esfera de su competencia la Dirección Provincial del Sistema de la Profesión Administrativa y la Dirección General de Personal de la Provincia dependiente de la Secretaría de la Función Pública de la Secretaría General de la Gobernación y la Dirección Provincial de Presupuesto de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Economía;

 

 

Por ello;

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

DECRETA

 

 

 

ARTÍCULO 1.- Efectúase dentro del Presupuesto General Ejercicio 1999 - Ley 12232, Sector Público Provincial no Financiero, Administración Provincial, Administración Central – Jurisdicción 6 – Jurisdicción Auxiliar 3 – ACE 1 – Finalidad 3, Función 2, Partida Principal 1, una transferencia de nueve (9) Cargos y créditos por la suma de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 9.956) de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

DÉBITO:

 

Subprincipal 2 – Régimen Estatutario 1:

- Agrupamiento Ocupacional 5                          Cargos 1          $            883

- Agrupamiento Ocupacional 4                          Cargos 8          $            9.073

                                                TOTAL DEBITO            Cargos 9          $            9.956

 

 

CRÉDITO:

 

Subprincipal 1 – Régimen Estatutario 1:

- Agrupamiento Ocupacional 5                          Cargos 1          $            883

- Agrupamiento Ocupacional 4                          Cargos 3          $            3.905

- Agrupamiento Ocupacional 3                          Cargos 3          $            3.040

- Agrupamiento Ocupacional 1                          Cargos 2          $            2.128

                                    TOTAL CRÉDITO:               Cargos 9          $            9.956

 

 

ARTÍCULO 2.- Increméntase de conformidad con la facultad conferida por el Artículo 33 de la Ley 12232, el Resumen del número de Cargos de la Administración Central y Organismos Descentralizados del Presupuesto General Ejercicio 1999, Planilla Nº 17, para la Jurisdicción 11106 – GOBERNACIÓN - Jurisdicción Auxiliar 3, Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, en la cantidad de ciento ochenta y siete (187) cargos de Planta Permanente.

 

 

ARTÍCULO 3.- Apruébase la distribución por Categoría de Programa, Régimen Estatutario y Agrupamiento Ocupacional de la Jurisdicción 11106 – GOBERNACIÓN - Jurisdicción Auxiliar 3. Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, la ampliación de ciento ochenta y siete (187) cargos autorizados por el Artículo 2º, de acuerdo al detalle de la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente Decreto.

 

ARTÍCULQ 4.- Efectúese, dentro del Presupuesto General Ejercicio 1999, Ley 12232, Sector Público Provincial no Financiero, Administración Provincial, Administración Central - Jurisdicción 6 - Jurisdicción Auxiliar 3 - Finalidad 3 - Función 2, una transferencia de créditos por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DIECISEIS ($ 172.216), de acuerdo al detalle de Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente Decreto.

 

 

ARTÍCULO 5.- Desígnanse a partir de la fecha de notificación en la Jurisdicción 11106 – GOBERNACIÓN - ­Jurisdicción Auxiliar 3, Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, como Personal de Planta Permanente, a los agentes detallados en la Planilla Anexa IV (hojas 1/41) que forma parte integrante del presente en los Agrupamientos y Categorías que en cada caso se indican de conformidad con lo normado en los Artículos 4º y 5º de la Ley 10430 (Texto Ordenado por Decreto 1869/96), limitando al mismo tiempo, la designación como Personal de Planta Temporaria, según detalle de Planilla Anexa III, rescindiendo el Contrato de Obra oportunamente celebrado con ésta dependencia, dictado por Resolución nº 2041/99.

 

 

ARTÍCULO 6.- Las designaciones previstas en el Artículo precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurridos los seis (6) meses a partir de la fecha de notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley 10430 (Texto Ordenado por Decreto 1869/96).

 

 

ARTÍCULO 7.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.

 

 

ARTÍCULO 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.

 

 

NOTA: Las Planillas Anexas del presente Decreto no se encuentran digitalizadas. Lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13 - Teléfono 421-0202 interno 3), donde se encuentra archivado el original de dicha norma en "formato papel" para consultar su texto y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.