DEROGADO POR DECRETO 588/2019
DECRETO 92/2018
LA PLATA, 19 de febrero de 2018.
VISTO el expediente Nº 26.000-626/17 del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Decreto N° 3479/09, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 3470/09 se estableció para el entonces Ministerio de la Producción, el régimen horario y bonificaciones para los agentes que se desempeñen como choferes;
Que por Ley Nº 14832 se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y por Decreto Nº 1169/16 se aprobó su estructura organizativa, la que absorbió del entonces Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología los planteles y cargos presupuestarios de la ex Subsecretaría de Ciencia y Tecnología;
Que en dicho plantel se encuentra el agente Amílcar Oscar GENOVESE, quien presta funciones como chofer y está incluido en los anexos A y B del Decreto Nº 3470/09;
Que para el normal funcionamiento del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación resulta necesario establecer el régimen salarial para los agentes que se desempeñen como choferes, y a tal efecto es conveniente declarar aplicables, en el ámbito de dicha jurisdicción, las disposiciones del Decreto Nº 3470/09;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependientes del Ministerio de Economía;
Que ha dictaminado en sentido favorable Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Establecer, a partir del 1º de noviembre de 2016, que las disposiciones del Decreto Nº 3470/09, serán de aplicación para los agentes que se desempeñen como choferes en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación bajo el régimen de planta permanente y de planta temporaria transitoria de la Ley Nº 10430 y modificatorias, que se encuentren en la nómina que como Anexos A (IF-2017-02720577-GDEBA-MCTI) y B (IF-2017-02720734-GDEBA-MCTI) forman parte del presente.
ARTÍCULO 2º. Excluir de la nómina de los Anexos A y B del Decreto Nº 3470/09, al agente Amílcar Oscar GENOVESE (DNI 12.942.766), quien se incorpora en el presente decreto en la nómina de los Anexos A y B aprobados por el artículo 1º.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Ciencia, Tecnología e Innovación, de Economía y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Jorge Román Elustondo Alejandro G. Arlía
Ministro de Ciencia, Tecnología Ministro de Economía
e Innovación
Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete de Ministros
NOTA: Los Anexos del presente Decreto pueden ser consultados en nuestro Sitio Web en su versión PDF.