LEY 10947

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 1° de la ley 10.639, por el siguiente:

 

“Artículo 1.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en Hurlingham, partido de Morón, designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Chacra 8, Manzana 8-K, Parcela 7 (con una superficie de 9.075, 8319 metros cuadrados), inscripto su dominio bajo la matrícula 45.483, de propiedad de la Firma “INVERSORA LISTROL SOCIEDAD ANÓNIMA” y/o quién resulte ser su legítimo titular dominial

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.