Fundamentos de la

Ley 10946

 

            La presente ley, encuentra su principal, fundamento en el derecho que toda familia tiene a una vivienda digna, concepto universalmente aceptado y recogido por nuestra Carta Magna.

            Este derecho únicamente puede materializarse para los sectores obreros, mediante el acceso previo a la propiedad de la tierra.

            Los actuales ocupantes de estas tierras en TAPIALES, gentes de humilde condición social, no han podido acceder a la vivienda propia y digna por falta de oportunidades, que sus precariedades económicas y el crecimiento demográfico contribuyó a arrojarlos hacia la marginalidad.

            Desde hace tiempo, estos humildes trabajadores ocupan estas tierras, levantando modestas viviendas, que dan soluciones provisorias, que la falta de respuesta de la sociedad a este problema, convirtió en definitiva.

            Con sacrificios, mediante la ayuda mutua, y el esfuerzo propio, las han ido cambiando por viviendas definitivas de material.

            La necesidad de implementar planes urbanísticos, ayuda crediticia, infraestructura mínima, servicios adecuados, etc., requiere en todos los casos la previa regularización urbana y dominial de estas situaciones.

            Es deber del Estado y de la sociedad, implantar un Estado de Justicia Social y eliminar el ámbito de precariedad jurídica que genera una situación de inestabilidad en los actuales ocupantes, transformando las condiciones superación, en las que, desde un ambiente nuevo, podrán ejercer en otros niveles las acciones reivindicativas que correspondan.

            Por tales motivos, es que pedimos a esta Honorable Cámara, la aprobación del presente proyecto de ley, que dará solución definitiva a familias de trabajadores, alentándolos en el esfuerzo que significa la compra de las tierras que ya ocupan, y sobre las cuales levantaran sus viviendas definitivas.