DECRETO 789/2021

LA PLATA, 21 de Septiembre de 2021.

VISTO el expediente N° 4444-22798/21, mediante el cual el Doctor Luis Armando RODRIGUEZ eleva su renuncia al cargo de Juez de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala II) del Departamento Judicial La Matanza, y

CONSIDERANDO:

Que el Doctor Luis Armando RODRIGUEZ fue designado Juez de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala II) del Departamento Judicial La Matanza, mediante Decreto Nº 3362 del 13 de octubre de 2000;

Que a fojas 1 del expediente citado en el exordio, el nombrado magistrado ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 1° de agosto de 2021;

Que a fojas 7 ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del Doctor RODRIGUEZ.

Que a fojas 8 se expide la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con el citado magistrado en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que a fojas 25 la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley Nº 13.661 y sus modificatorias, en relación al Doctor RODRIGUEZ;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 1° de agosto de 2021, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por el Doctor Luis Armando RODRIGUEZ (DNI N° 4.548.499 – clase 1946) al cargo de Juez de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala II) del Departamento Judicial La Matanza.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio Cèsar Alak                                          Carlos Alberto Bianco

Ministro de Justicia y Derechos Humanos    Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros

Axel Kicillof

Gobernador