DECRETO 1045/2022

LA PLATA, 17 de Agosto de 2022

VISTO el expediente EX-2022-24094282-GDEBA-DDPRYMGEMSGP, mediante el cual tramita el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida, dirigida a quienes aporten información fehaciente que contribuya a encontrar e individualizar el cuerpo del ciudadano Néstor Miguel BRU, y

CONSIDERANDO:

Que el día 17 de agosto de 1993 Néstor Miguel BRU fue secuestrado, torturado y desaparecido por policías de la Comisaría Novena de la ciudad de La Plata;

Que el proceso judicial seguido al efecto y en el que fueron condenados diversos policías fue llevado adelante en ausencia del cuerpo de la víctima;

Que, mediante las Resoluciones N° 945/98 y N° 848/99 del entonces Ministerio de Justicia y Seguridad, se ofreció pública recompensa a quienes brinden información que contribuya al esclarecimiento de los hechos delictivos relacionados con la desaparición de Néstor Miguel BRU y la localización del cuerpo, respectivamente;

Que mediante el Decreto N° 240/05, la Resolución N°160/2017E y el Decreto N° 1256/20 se dispusieron sucesivos incrementos del monto de la recompensa originalmente ofrecida para quienes brinden información tendiente a encontrar e individualizar el cuerpo del ciudadano Néstor Miguel BRU;

Que pese al tiempo transcurrido y las medidas investigativas desplegadas no se han obtenido resultados suficientes que permitan encontrar e individualizar el cuerpo de Néstor Miguel BRU;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno, conveniente y necesario incrementar el monto de la recompensa oportunamente ofrecida para quienes brinden información fehaciente que contribuya a encontrar e individualizar el cuerpo del ciudadano Néstor Miguel BRU, fijándose un monto entre las sumas de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000) y PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), de acuerdo con la naturaleza de la información que se brinde y el resultado que se logre;

Que para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa se arbitrará lo necesario, a efectos de que sea transmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y locales del lugar donde fue visto por última vez, a cuyo fin se remitirá copia del presente y su Anexo al Ministerio de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Incrementar el monto de la recompensa públicamente ofrecida mediante Resolución N° 945/98, incrementada mediante Resolución N° 848/99, ambas del entones Ministerio de Justicia y Seguridad, Decreto N° 240/05, Resolución del Ministerio de Seguridad N° 160/17 E y Decreto N° 1256/2020, entre las sumas de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000) y PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), para quienes aporten información fehaciente que permita encontrar e individualizar el cuerpo del ciudadano Néstor Miguel BRU, cuyos datos personales y circunstancias obran en el Anexo del presente (IF-2022-25372579-GDEBA-DPRPDMSGP).

ARTÍCULO 2°.- El monto de la recompensa será distribuido solo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas en el artículo siguiente, haciendo conocer que se encuentran motivados/as por el presente ofrecimiento en los términos del Decreto N° 2052/98 y su modificatorio, la Resolución N° 2390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.

ARTÍCULO 3°.- Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes, podrán hacerlo con reserva de identidad, presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 del Departamento Judicial La Plata, o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las mismas.

ARTÍCULO 4°.- Remitir copia del presente con su Anexo (IF-2022-25372579-GDEBA-DPRPDMSGP) al Ministerio de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires, para que arbitre los medios necesarios, a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local del lugar donde se produjo el hecho -Ciudad de La Plata- y área de influencia.

ARTÍCULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Seguridad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 del Departamento Judicial La Plata y a la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Sergio Berni, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

ANEXO

PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA NÉSTOR MIGUEL BRU

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa entre las sumas  de  PESOS  DOS  MILLONES  QUINIENTOS  MIL  ($  2.500.000)  y PESOS

CINCO MILLONES ($ 5.000.000), de conformidad a lo previsto por el Decreto N° 2.052/98 y su modificatorio, a toda persona que aporte información fehaciente que contribuya a encontrar e individualizar el cuerpo del ciudadano Néstor Miguel, BRU. El día 17 de agosto de 1993 Néstor Miguel, BRU fue secuestrado, torturado y desaparecido por policías de la Comisaría Novena de la ciudad de La Plata. Por este hecho condenaron a prisión perpetua a Justo José López y Walter Abrigo por los delitos de tortura seguida de muerte, privación ilegal de la libertad y falta de cumplimiento de los deberes de funcionario público. Asimismo, el entonces comisario Juan Domingo, Ojeda y el oficial Ramón, Cerecetto fueron condenados a dos años de prisión e inhabilitación de seis y cuatro años para ejercer cargos públicos respectivamente. El cuerpo de Miguel continúa desaparecido.

Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 del Departamento Judicial La Plata (IPP N° 06-00-028329-99).

Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 del Departamento Judicial La Plata (sita en Avenida 7 entre 56 y 57, de la ciudad de La Plata, teléfono 0221 427-4983, correo electrónico ufi3.lp@mpba.gov.ar), o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas (sita en calle 2 entre 51 y 53, Oficina N° 118 de la ciudad de La Plata, teléfonos 0221 429-3015 y 0221 429-3091 de Lunes a Viernes de 08:00 a 18:00 horas).

El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas, debiendo expresar que lo hacen motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto N° 2.052/98 y su modificatorio, la Resolución Ministerial N° 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme el mérito de la información aportada.

SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD