DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 323
La Plata, 16 de mayo de 2012.
VISTO que se propicia la designación del señor Guido Miguel CARLOTTO para desempeñarse en el cargo de Secretario de Derechos Humanos y de la señora Sara DEROTIER de COBACHO para desempeñarse en el cargo de Asesor de Gabinete del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que la señora Sara DEROTIER de COBACHO fue designada en el cargo de Secretaria de Derechos Humanos por Decreto N° 14/11b y el señor Guido Miguel CARLOTTO en el cargo de Asesor del Señor Gobernador por Decreto Nº 35/11 b;
Que es importante destacar que los mismos reúnen las condiciones y aptitudes para desempeñarse en los cargos para los que son propuestos;
Que lo propiciado encuadra dentro de los términos previstos en el artículo 111 inciso a) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado Decreto N° 1.869/96) y Decreto Reglamentario N° 4.161/96 y en la Ley de Ministerios N° 13.757 y sus modificatorias;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir de la notificación del presente, la renuncia de la señora Sara DEROTIER de COBACHO al cargo de Secretaria de Derechos Humanos, en el que fuera designada por el Decreto N° 14/11b, agradeciéndosele los valiosos servicios prestados.
ARTÍCULO 2°. Designar, a partir de la notificación del presente, en el cargo de Secretario de Derechos Humanos al señor Guido Miguel CARLOTTO (DNI N° 12.964.229 - Clase 1959), limitándoselo en el cargo de Asesor de Gabinete del señor Gobernador, para el que fuera designado por el Decreto N° 35/11 b.
ARTÍCULO 3°. Designar, a partir de la notificación del presente, en el cargo de Asesor de Gabinete del señor Gobernador con rango equivalente al cargo de Secretario y con carácter ad honorem, a la señora Sara DEROTIER de COBACHO (DNI N° 2.835.094 - Clase 1931).
ARTÍCULO 4°. Establecer que la señora Sara DEROTIER de COBACHO podrá percibir compensación en concepto de viáticos y/o movilidad siempre que fuere imprescindible para el estricto cumplimiento de las tareas encomendadas, de conformidad al Decreto N° 388/07 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 5°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete de Ministros