Decreto 967/2019

La Plata, 19 de julio de 2019

VISTO el expediente N° 2957-1060/17 del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la designación, a partir del 1 de junio de 2017, de Natalia Fabiana IBAÑEZ, en el Hospital Zonal General de Agudos “Héroes de Malvinas” de Merlo, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y

CONSIDERANDO:

Que para propiciar dicho trámite se afectó un cargo vacante existente en el presupuesto general ejercicio 2019 - Ley Nº 15.078;

Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;

Que la Delegación de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;

Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E;

Que asimismo es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad realizada por la profesional con relación al cargo que posee en el Hospital Comodoro Hugo C. Meisner Presidente Derqui de la Municipalidad de Pilar;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaria de Capital Humano - Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, a partir del 1 de junio de 2017, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Zonal General de Agudos “Héroes de Malvinas” de Merlo, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a Natalia Fabiana IBAÑEZ (D.N.I.

30.342.836 – Clase 1983) para desempeñarse como licenciada obstétrica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471).

ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10471.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad efectuada por la profesional que se menciona en el artículo 1° del presente, con relación al cargo que posee en el Hospital Comodoro Hugo C. Meisner Presidente Derqui de la Municipalidad de Pilar.

ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0015 – Subprograma: 005 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 539 Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora