Fundamentos de la
Ley 11284
El trasplante renal es un recurso terapéutico en el tratamiento sustitutivo de la insuficiencia renal crónica Terminal (IRTC), que ha demostrado, a través de los años de practica con que cuenta, la bondad de sus resultados y el mejoramiento franco y cabal del confort de vida de estos enfermos cuando a él se someten. Sobre este concepto estrictamente médico y humano, se agrega aquél de carácter económico-financiero, en virtud del cual también está debidamente demostrado que los costos en trasplante renal son cubiertos con seis a ocho meses de tratamiento hemodialítico, el otro tratamiento sustitutivo, que de ninguna manera se contrapone al primero, sino que ambos se complementen inteligiblemente. Vale decir, que en la concurrencia de ambos métodos para solución del a IRCT, el trasplante aporta una suerte de ahorro de recursos económicos en el primer año de tratamiento, que se multiplica en los años subsiguientes. Esta actitud permite una adecuación de los programas terapéuticos, una racionalización de los gastos y una reducción de los costos, con redistribución de los recursos. Todo ello redunda en una mejor atención médica personalizada y una mayor cobertura de las prestaciones en el área, sin necesidad de destinar nuevos recursos a la misma. Por estos motivos una sociedad moderna y que cuenta con los recursos terapéuticos de la diálisis y el trasplante renal, debe promocionar a este último, contribuyendo a tomar todos los recaudos necesarios para asegurar el mejor de los éxitos en la aplicación del mismo. Esta ley que se proyecta, pretende en el seno de las actividades que deben cumplir el CUCAI y el CUCAIBA, contribuir con una acción de ordenamiento reglamentario y actitud docente en el sentido de asegurar que el trasplante llegue a toda la población en la que este indicado; y cuando lo haga, lo sea en las mejores condiciones de optimización del recurso.
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