Provincia
de Buenos Aires La Plata, 8 de noviembre de 2007.
POR 1 DIA - VISTO: El expediente 2100-7757/05, Cuerpos I, II y III y Agregado 2100-9221/05, por el cual se propició el dictado del Decreto 1.931 de fecha 17 de agosto de 2007 y de la Resolución 357, de fecha 10 de octubre de 2007; y CONSIDERANDO:
Que en el marco de la tramitación de la Licitación Privada 22/07 tendiente a la contratación del servicio de limpieza integral y su mantenimiento, con destino a diversas jurisdicciones dependientes de Secretaría General, por expediente administrativo 2100-27525/07, la Asesoría General de Gobierno se expidió por “aplicación de los principios de flexibilidad…, ausencia de ritualismo.., concurrencia...”, respecto de las documentación exigida en caso que el sujeto oferente fuere una cooperativa en el Punto 8.21.3, precisando su alcance sobre la base de que “su objeto fue determinar requisitos para evitar el fraude laboral… previsiones que de ningún modo alguno debían entenderse limitativas de otras en su lugar”, como lo es la antigüedad de los asociados que prestaren el servicio. Que esta instancia, en orden a la facultad conferida por el Poder Ejecutivo a través del inciso 4) del Art. 1º del Decreto 5.000/89, para aclarar errores materiales incurridos en Decretos, considera oportuno resolver dicha cuestión, expresando el verdadero alcance de su redacción original. Que asimismo y por el Art. 5º del Decreto 1.931/07, el Poder Ejecutivo facultó a la Secretaría General de la Gobernación para efectuar las adecuaciones formales al texto del Pliego Tipo y su planilla de campos editables y de las Especificaciones Técnicas Básicas, cuando aquéllas no alteren su parte dispositiva. Que por otra parte, aprovechando las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones y a los fines de lograr la más amplia difusión y a su vez el resguardo de la validez de todos los documentos aprobados por el Decreto 1.931/07 se prevé por un lado, la publicación en el sitio web de la Provincia de Buenos Aires del archivo correspondiente para que pueda ser descargado por los Interesados en forma remota desde cualquier lugar y, por otro, dar a conocer a través de su publicación en el “Boletín Oficial” y en dos diarios de circulación nacional, el Digesto Digital Seguro (Hash) obtenidos a partir del procesamiento mediante algoritmo MD5 del mismo con las adecuaciones formales derivadas de la presente Resolución, según luce en el Anexo Unico, a fin de resguardar el documento publicado digitalmente y brindar la seguridad de que se corresponde con la versión actualizada. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 1º inc. 4) del Decreto 5.000/89 y del Art. 5º del Decreto 1.931/07.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS DECRETOS 5.000/89 Y 1.931/07, RESUELVE:
Artículo
1º - Corregir el error material detectado en el Punto 8.21.3 del “Pliego Tipo
de Condiciones Particulares para la Contratación del Servicio Periódico de
Limpieza Integral y su Mantenimiento Complementario en Edificios
Gubernamentales de la Provincia de Buenos Aires”, aprobado por Art. 1º del
Decreto 1.931/07, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 2º - Publicar en los términos establecidos en el Anexo Unico, los Digestos Digitales Seguros (Hash), procesados mediante algoritmo MD5 y expresados en formato hexadecimal, correspondiente al archivo digital del documento aprobado por Art. 1º del Decreto 1.931/07, con las adecuaciones formales derivadas del Art. 1º de la presente Resolución. Artículo 3º - Registrar, comunicar, publicar, dar al “Boletín Oficial” y al SINBA y pasar a la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa. Cumplido, archivar.
ANEXO UNICO Publicidad y Difusión
del Digesto Digital Seguro (Hash) del Archivo Digital del documento aprobado
por el Art. 1º del Decreto 1.931/07, modificado por la Resolución 357/07 de
la Secretaría General, con las adecuaciones formales derivadas del Art. 1º de
la presente Resolución.
* Si el Hash del archivo descargado no se correspondiere con el aquí publicado, el contenido del archivo no tendrá validez. Si así ocurriere Usted deberá informar tal anomalía a la Dirección Provincial de Informática y Comunicaciones de la Secretaría General de la Gobernación (Teléfonos 54-221-429-4148/4149). L.P. 215.315 |