DECRETO 301/2021

LA PLATA, 18 de Mayo de 2021.

VISTO el expediente EX-2021-05512734-GDEBA-DDDPPDLIMPCEITGP del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, mediante el cual se gestiona la aceptación de la renuncia, a partir del 1° de abril de 2021, de Pamela PALMA, como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de Administración del Ente Interjurisdiccional Punta Mogotes, y la designación en su reemplazo de la licenciada Mariana CUESTA, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 10233 se aprobó el Convenio celebrado entre la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, por el cual se creó la “Administración de Punta Mogotes” (A.P.M.), entidad pública interjurisdiccional con personalidad jurídica, que tiene como objeto la administración, la conservación y la explotación, por sí o a través de concesionarios, del complejo balneario de Punta Mogotes;

Que el artículo 5º del citado convenio establece que la Administración de Punta Mogotes será dirigida por un Consejo de Administración, compuesto por tres miembros, los que podrán ser removidos sin causa, dos de los cuales serán designados por el Poder Ejecutivo, y el restante por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón;

Que Pamela PALMA presentó la renuncia como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de Administración del Ente Interjurisdiccional Punta Mogotes, a partir del 1° de abril de 2021, quien había sido designada mediante Decreto N° 1104/2020;

Que, en consecuencia, se propone la designación de la licenciada Mariana CUESTA en el mencionado cargo, a partir del 1° de abril de 2021, reuniendo la postulante los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar el cargo en el que ha sido propuesta;

Que, asimismo, corresponde limitar la designación de Mariana CUESTA, a partir de la fecha citada precedentemente, como Directora de Coordinación Turística, dependiente de la Subsecretaría de Turismo, materializada oportunamente mediante Resolución N° 397/2020 de dicha jurisdicción, de conformidad con lo establecido por el artículo 107 de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informa que las funcionarias salientes no poseen actuaciones sumariales en trámite;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar, en Jurisdicción 1.1.1.11.0 Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, a partir del 1° de abril de 2021, la renuncia presentada por Pamela PALMA (DNI Nº 28.664.634 - Clase 1981) como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de Administración del Ente Interjurisdiccional Punta Mogotes, quien había sido designada por Decreto N° 1104/2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Convenio aprobado por la Ley N° 10233.

ARTÍCULO 2º. Designar, en Jurisdicción 1.1.1.11.0 Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, a partir del 1° de abril de 2021, como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de Administración del Ente Interjurisdiccional Punta Mogotes, a la licenciada Mariana CUESTA (DNI N° 30.506.012 - Clase 1983), limitando su designación como Directora de Coordinación Turística, dependiente de la Subsecretaría de Turismo, dispuesta por Resolución N° 397/2020 de dicha jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Convenio aprobado por la Ley N° 10233, y en el artículo 107 de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Augusto Eduardo Costa                                                                 Carlos Alberto Bianco

Ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica            Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros

AXEL KICILLOF

Gobernador