Fundamentos de la
Ley 11958
HONORABLE LEGISLATURA:
Se remite a consideración de Vuestra Honorabilidad un proyecto de ley que
faculta al Poder Ejecutivo a suscribir aquellos acuerdos de préstamos
subsidiarios celebrados oportunamente entre los ministerios nacionales de
Cultura y Educación, y de Economía y Obras y Servicios Públicos por una parte,
y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento; por la otra, en forma tal
de subrogarse en los derechos y obligaciones de las autoridades nacionales, en
el marco del préstamo para "Descentralización y Mejoramiento
La viabilidad de esta circunstancia está radicada en la enmienda que
tuviera el préstamo original suscripto entre
Esta circunstancia de participación excepcional, atento el compromiso que con el sector educativo se está implementando a través de los diferentes proyectos elaborados por las áreas competentes, que cuentan con la aprobación de la autoridad nacional de aplicación y han sido conformados por los organismos de crédito internacionales, no puede desaprovecharse, en tanto existiría la posibilidad de profundizar dichas líneas de acción con un financiamiento adecuado.
En tal sentido, se encuentra en ejecución a nivel nacional el Programa Sectorial de Inversión en Educación, el cual tiene por diagnóstico el reconocimiento de problemas en el funcionamiento interno del subsistema de educación media, pudiendo apuntarse entre otros factores a la complejidad de la estructura, la carencia de un sistema confiable de datos, carencia de un sistema que mida la calidad educativa, desactualización de la currícula con relación a las necesidades del mercado de trabajo, necesidad de aumentar la capacitación de los recursos humanos puestos a disposición de la educación pública en sus diversos niveles, etc,.
Por ello, la obtención de nuevos fondos para la afectación sectorial específica a esta área ciertamente trascendente de la actividad educativa, reforzará las posibilidades operativas para resolver algunos de los problemas del diagnóstico referido, apuntando especialmente a la elaboración de datos y secuencias de información confiables, en orden a poder determinar precisos cursos de acción para el fortalecimiento institucional, y una amplia capacitación para los rediseños del caso y la formación de educandos que con nuevos contenidos y técnicas de gestión educativa obtengan no sólo una formación científica adecuada sino las herramientas básicas para una etapa de la vida ciertamente significativa y crítica.
En tal sentido, también deberá atenderse normativamente tanto a los aspectos que hacen a la garantía del financiamiento como a los operativos, a través de los cuales las acciones podrán ser ejecutadas en forma idónea, eficiente y rápidamente, con los debidos resguardos de funcionamiento administrativo, atendiendo a las particularidades que estos sistemas de financiamiento determinan con criterio de excepcionalidad y primacía de las propias normas que dan origen a los mismos.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.