DECRETO 2110/98
VISTO el expediente
número 2300-4227/98, formado por tres cuerpos, por el cual se propicia la
aprobación de los Convenios a celebrarse para la implementación de un nuevo
Programa de Emisión de Bonos de Mediano Plazo Euro/144A de
CONSIDERANDO:
Que las Leyes 11905 y
12081 autorizaron al Poder Ejecutivo a endeudarse por una suma de hasta
trescientos treinta millones de dólares estadounidenses (U$S 330.000.000), o su
equivalente en otras monedas. En efecto,
Que el Ministerio de Economía planea efectivizar ese endeudamiento mediante la emisión de títulos públicos (Bonos de Mediano Plazo) en los mercados internacionales de capitales;
Que, asimismo,
Que el Ministerio de Economía ha efectuado ya el rescate de bonos por valor de ciento dieciocho millones doscientos mil dólares (U$S 118.200.000) desde el 14 de Julio de 1997, y tiene programado rescatar adicionalmente aproximadamente doscientos un millones de dólares estadounidenses (U$S 201.000.000) en el transcurso del corriente año;
Que, en consecuencia, existen planes de emitir bonos por una suma aproximada de seiscientos cincuenta millones de dólares estadounidenses (U$S 650.000.000), o su equivalente en otras monedas;
Que, a través de
Que en tal sentido se acordó con el Banco de inversión Salomón Smith Barney, designado Asesor Financiero (“Arranger”) del Programa a través del Decreto 2057/98, los Convenios de “Contrato de Agente de Valores” (Dealer Agreement), e “Instrumento de Fideicomiso” (Trust Indenture), que regirán el Programa;
Que, haciendo uso de
las facultades delegadas en el Poder Ejecutivo en los artículos 44, 45 y 46 de
Que la aprobación del Memorando del Programa y de cualquier Memorando de Oferta que se distribuya con relación a las series emitidas bajo el Programa debe correr por cuenta del Ministerio de Economía;
Por ello, teniendo en
cuenta el dictamen del señor Asesor General de Gobierno, el informe producido
por
Por ello,
EL
GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO
1.-
Apruébase los textos del “Contrato de Agentes de Valores” (Dealer
Agreement) y del “Instrumento de Fideicomiso” (Identure) del Programa de Emisión de Bonos de Mediano Plazo
Euro/144A de
ARTÍCULO
2.-
Autorízase al señor Ministro de Economía y/o al señor Subsecretario de
Finanzas, a firmar los referidos Convenios en nombre y representación de
ARTÍCULO
3.-
Autorízase al Ministerio de Economía a aprobar los prospectos descriptivos del
Programa y de la situación económica y financiera de
ARTÍCULO 4.- Autorízase al señor Ministro de Economía y/o al Señor Subsecretario de Finanzas y/o al señor Director Provincial de Política y Financiamiento y Crédito Público, a ordenar la autenticación de los Bonos, firmar cartas de representación, documentos y certificados y realizar cuantas más gestiones sean necesarias para la debida ejecución y administración del Programa.
ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTÍCULO
6.-
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase al
Ministerio de Economía, contaduría General de
NOTA: Los Anexos del presente Decreto no se
encuentra digitalizado. Lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca
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