DECRETO 2110/98

 

La Plata, 26 de junio de 1998.

 

VISTO el expediente número 2300-4227/98, formado por tres cuerpos, por el cual se propicia la aprobación de los Convenios a celebrarse para la implementación de un nuevo Programa de Emisión de Bonos de Mediano Plazo Euro/144A de la Provincia de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las Leyes 11905 y 12081 autorizaron al Poder Ejecutivo a endeudarse por una suma de hasta trescientos treinta millones de dólares estadounidenses (U$S 330.000.000), o su equivalente en otras monedas. En efecto, la Ley 11905 en su artículo 44 dispone la autorización de endeudamiento por hasta doscientos treinta millones de dólares estadounidenses (U$S 230.000.000) con el objeto de financiar el déficit de la Caja de Retiros,  Jubilaciones y Pensiones de la Policía Bonaerense y completar el financiamiento del Plan de Obras. Asimismo la Ley 12081 en su artículo 4 autoriza un endeudamiento por hasta cien millones de dólares estadounidenses (U$S 100.000.000) a fin de integrar parte del Fondo Provincial de Financiamiento Educativo para la recomposición y mejoramiento salarial de los docentes bonaerenses;

 

Que el Ministerio de Economía planea efectivizar ese endeudamiento mediante la emisión de títulos públicos (Bonos de Mediano Plazo) en los mercados internacionales de capitales;

 

Que, asimismo, la Ley 11905, modificada por Ley 11981, autorizó al Poder Ejecutivo a emitir bonos con el fin de rescatar bonos en circulación, siempre que se respete el nivel de endeudamiento previamente autorizado; prescribiendo que esas emisiones pueden realizarse hasta un año después de haber procedido al rescate de los bonos que se remplazan;

 

Que el Ministerio de Economía ha efectuado ya el rescate de bonos por valor de ciento dieciocho millones doscientos mil dólares (U$S 118.200.000) desde el 14 de Julio de 1997, y tiene programado rescatar adicionalmente aproximadamente doscientos un millones de dólares estadounidenses (U$S 201.000.000) en el transcurso del corriente año;

 

Que, en consecuencia, existen planes de emitir bonos por una suma aproximada de seiscientos cincuenta millones de dólares estadounidenses (U$S 650.000.000), o su equivalente en otras monedas;

 

Que, a través de la Resolución 162/98, el Ministerio de Economía ha propuesto la confección de un Programa de Emisión de Bonos de Mediano Plazo Euro/144A para que sirva de marco a las emisiones a realizar, con el objeto de ganar en facilidad de acceso, flexibilidad y mínimos costos de financiamiento;

 

Que en tal sentido se acordó con el Banco de inversión Salomón Smith Barney, designado Asesor Financiero (“Arranger”) del Programa a través del Decreto 2057/98, los Convenios de “Contrato de Agente de Valores” (Dealer Agreement), e “Instrumento de Fideicomiso” (Trust Indenture), que regirán el Programa;

 

Que, haciendo uso de las facultades delegadas en el Poder Ejecutivo en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 11905 y en el Artículo 4º de la Ley 12081, corresponde al Poder Ejecutivo Provincial aprobar los términos y condiciones de dichos Convenios, delegándose en el Ministerio de Economía y/o Subsecretario de Finanzas su firma y la de cualquier Contrato de Suscripción (Subscription Agreement), cuyo modelo básico se incluye como Anexo del Contrato de Agente de Valores, que deba firmarse en virtud de la emisión de cada serie de bonos a realizar en el marco del Programa mencionado;

 

Que la aprobación del Memorando del Programa y de cualquier Memorando de Oferta que se distribuya con relación a las series emitidas bajo el Programa debe correr por cuenta del Ministerio de Economía;

 

Por ello, teniendo en cuenta el dictamen del señor Asesor General de Gobierno, el informe producido por la Contaduría General de la Provincia y vista del Fiscal de Estado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo,

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase los textos del “Contrato de Agentes de Valores” (Dealer Agreement) y del “Instrumento de Fideicomiso” (Identure) del Programa de Emisión de Bonos de Mediano Plazo Euro/144A de la Provincia de Buenos Aires, que como Anexos I y II, en idioma inglés y traducción certificada al español, integran el presente.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al señor Ministro de Economía y/o al señor Subsecretario de Finanzas, a firmar los referidos Convenios en nombre y representación de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 3.- Autorízase al Ministerio de Economía a aprobar los prospectos descriptivos del Programa y de la situación económica y financiera de la Provincia de Buenos Aires denominados “Memorandos”, y a aprobar los términos financieros de cada emisión a realizar bajo el Programa y el “Contrato de Subscripción” (Subscription Agreement), bajo forma sustancialmente similar a la incluida como Anexo del Contrato de Valores aprobado por el presente, en nombre y representación de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 4.- Autorízase al señor Ministro de Economía y/o al Señor Subsecretario de Finanzas y/o al señor Director Provincial de Política y Financiamiento y Crédito Público, a ordenar la autenticación de los Bonos, firmar cartas de representación, documentos y certificados y realizar cuantas más gestiones sean necesarias para la debida ejecución y administración del Programa.

 

ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.

 

ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase al Ministerio de Economía, contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Fiscalía de Estado para su conocimiento y demás efectos y archívese.

 

NOTA: Los Anexos del presente Decreto no se encuentra digitalizado. Lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13), donde se encuentra archivado el original de dicha norma en “formato papel” para consultar su texto y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.