DECRETO 3063/09

 

LA PLATA, 23 de DICIEMBRE de 2009.

 

VISTO el expediente N° 21200-9609/06, mediante el cual el condenado Carlos José SUERO BECERRA, solicita la conmutación de la pena impuesta, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Decreto-Ley N° 10082/83, modificado por el Decreto-Ley N° 10107/83 (texto ordenado por el Decreto N° 1080/95), Reglamentario de los pedidos de conmutación de penas;

 

Que el Departamento Técnico Criminológico de la Unidad N° 27 Sierra Chica del Servicio Penitenciario Bonaerense, a foja 17 y 17 vuelta, luego de hacer una breve referencia del desempeño institucional y la evaluación técnica del peticionante, aconseja el otorgamiento del beneficio impetrado;

 

Que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución N° 172, obrante a fojas 26 y 27, hace saber al Poder Ejecutivo su opinión favorable sobre la oportunidad y conveniencia de la conmutación de la pena impuesta;

 

Que en igual sentido se ha expedido la Dirección Provincial de Política Penitenciaria del Ministerio de Justicia, a foja 45, al considerar que se desprende del caso traído a consideración circunstancias excepcionales que justifican el otorgamiento del beneficio solicitado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 4° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Conmútese la pena de Reclusión Perpetua impuesta a Carlos José SUERO BECERRA (F.C. 143335) por la de veinticinco (25) años de prisión.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.

 

ARTÍCULO 3.- Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar al Ministerio de Justicia. Cumplido, archivar.