LEY 6507

 

Modificando y agregando artículos de la Ley Nº 6357.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

 AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Modificase el artículo 1º de la Ley 6357, el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

“Facúltase al Poder Ejecutivo a transferir a título gratuito a la Municipalidad de Vicente López el dominio de la fracción de terreno de propiedad fiscal, con todo lo en ella plantada y edificado, conocida como “Parque Llavallol”, situada entre las calles avenida Roca, Libertador General San Martín y costa del río de la Plata, de la ciudad de Vicente López, designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección I, Manzana 46, Circunscripción II, Sección 1, Manzana 47 y Circunscripción II, Sección 1, Manzana 64, Parcela 1”. 

 

ARTÍCULO 2.-  Agrégase como artículo nuevo a continuación del artículo 4º de la Ley 6357, el siguiente texto:

 

“Exceptúase de la transferencia citada en el artículo 1º, una fracción de terreno ubicada sobre la avenida Libertador General San Martín en el costado S.S.O., con un frente de quince (15) metros sobre la avenida citada por cuarenta y cinco (45) metros de fondo, fracción que forma parte de la catastrada como Circunscripción II, Sección I, Manzana 64, Parcela 1, la que será destinada a la construcción del edificio de la Comisaría Balneario de la localidad”. 

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.