DECRETO-LEY 7402/68
Transfiriendo a la “Sociedad de Fomento Guillermo Rawson” del Partido de Chacabuco, bienes remanentes de una entidad homónima.
LA PLATA, 27 de JUNIO de 1968.
VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 2916/968, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Transfiérese a la “Sociedad de Fomento Guillermo Rawson”, de la localidad de Guillermo Rawson, Partido de Chacabuco, cuya personería jurídica se encuentra reconocida por Decreto 3691 de fecha 17 de Abril de 1961, los bienes remanentes de la liquidación de la entidad homónima cuya personería jurídica fuera cancelada por Decreto 10219 del 6 de Agosto de 1954.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.