DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
DECRETO 43
VISTO el expediente Nº
4223/2015 y
CONSIDERANDO:
Que
Que,
Que, asimismo prevé la potestad del Poder Ejecutivo de establecer las estructuras orgánico- funcionales necesarias para el desarrollo de las competencias de cada Ministerio y demás organismos en ella presentes;
Que, el artículo 33 de la
citada Ley, establece las funciones de
Que, como consecuencia de
ello, es necesario determinar la estructura de
Que, a esos fines, la cartera referida ha procedido a elaborar el proyecto de estructura organizativa, de conformidad con las exigencias de las respectivas áreas de su competencia;
Que, asimismo a efectos
de no entorpecer los trámites vinculados con la liquidación y pago de haberes,
medio aguinaldo y cualquier otra erogación correspondiente al ejercicio 2015,
el responsable de
Que, en los casos en los que la unidad organizativa no haya sufrido modificación alguna, el funcionario de rango inferior a subsecretario oportunamente designado no haya sido limitado, tramite su limitación, haya renunciado o cesado, se ratifica su designación en el cargo;
Que la presente medida se
dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de
Por ello,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.
Aprobar a partir del día 11 de diciembre de 2015 la estructura orgánico funcional
de
ARTÍCULO 2°.
Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los
siguientes cargos: UN Subsecretario de Coordinación de Medios, UN Director
Provincial de Comunicación Externa, UN Director Provincial de Comunicación Interna,
UN Director Provincial de Logística, UN Director Provincial de Radio Provincia,
UN Director de Comunicación Televisiva, UN Director de Comunicación Radial, UN Director
de Administración Publicitaria, UN Director de Fotografía y Video, UN Director de
Producción, UN Director de Producción Radial, UN Director de Gestión Comercial,
UN Director del Canal Provincial, todos ellos conforme a los cargos vigentes
que rigen en
ARTÍCULO 3°. Modificar la dependencia funcional de las unidades organizativas según se detalla en el Anexo III del presente, transfiriendo los programas, plantas de personal, créditos presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios, de las respectivas unidades organizativas.
ARTÍCULO 4°. Suprimir las unidades organizativas detalladas en el Anexo IV, transfiriendo las respectivas plantas de personal, créditos presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios, según lo establecido en el citado Anexo.
ARTÍCULO 5°. Ratificar las designaciones oportunamente efectuadas en la de todos los funcionarios de rango inferior a subsecretario oportunamente designados, en tanto la unidad organizativa a su cargo no haya sufrido modificación alguna, o que dicho funcionario no haya sido limitado, tramite su limitación, haya renunciado, cesado o que por norma específica se requiera su ratificación expresa.
ARTÍCULO 6°. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse tal decisión mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.
ARTÍCULO 7°.
Disponer que el responsable de
ARTÍCULO 8°. Dejar establecido que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes, la atención de las erogaciones correspondientes a las unidades orgánicas transferidas por el presente acto, se efectuará con cargo al presupuesto de origen.
ARTÍCULO 9°.
Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la vigencia
del presente, el titular de
ARTÍCULO 10. Dejar establecido que durante el plazo fijado por el artículo anterior mantendrán su vigencia aquellas unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a Dirección oportunamente aprobadas que no fueran modificadas por el presente.
ARTÍCULO 11. Facultar al Ministerio de Economía para que, a través de las reparticiones competentes, realice las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 12. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Coordinación y Gestión Pública y Economía.
ARTÍCULO 13. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, y al S.I.N.B.A. Cumplido, archivar.
Roberto Jorge Gigante María Eugenia Vidal
Ministro de Coordinación y Gobernadora
Gestión Pública
Jorge Roberto Lacunza
Ministro de Economía
Anexo II - Misiones y responsabilidades primarias
- Secretaría de Medios
1. Subsecretaría de Coordinación de Medios
a) Programar, coordinar e
implementar los actos administrativos necesarios a la atención del despacho de
b) Redactar actos administrativos, convenios y acuerdos, así como todo otro proyecto cuya elaboración le encomiende el Secretario, procediendo al seguimiento administrativo de su ejecución.
c) Mantener un registro actualizado de las actuaciones que permita informar sobre el estado de los trámites, atendiendo al archivo de los mismos.
d) Instrumentar y mantener un servicio de entrega, en forma y tiempo, de expedientes, actuaciones y correspondencia para todas las dependencias.
e) Llevar el control del patrimonio, realizar las actualizaciones de muebles e inmuebles establecidas y llevar actualizado el fichero general; en coordinación con el área pertinente.
f) Atender todo lo concerniente al personal, coordinando las tareas con área competente de la jurisdicción a fin de dar cumplimiento a las normativas vigentes a tal efecto (legajos, horarios, carpetas médicas, licencias, inasistencias, calificaciones, control de asistencia, situación de revista del personal, sanciones disciplinarias y sumarios).
g) Atender y rendir gastos de Caja Chica.
h) Prever con antelación el presupuesto de la repartición previendo todas las necesidades acorde a las pautas establecidas y llevar el control de gastos. Descripción de misiones y responsabilidades primarias.
1.1. Dirección Provincial de Logística
a) Trabajar de manera
coordinada con la agenda de
b) Trabajar junto a
c) Coordinar los
distintos equipos de fotografía, video y logísticos, cuando la agenda de
d) Coordinar con los
departamentos de prensa de los Municipios la forma de difusión cuando esté
presente
e) Confección de agenda
de medios cuando las actividades de
1.1.2. Dirección de Fotografía y Video
a) Realizar el registro
fotográfico y/o audiovisual de los actos de Gobierno considerados De Interés
Público por
b) Llevar a cabo el
registro fotográfico y/o audiovisual de sitios o eventos en el territorio bonaerense
como recurso auxiliar para la gestión de
c) Producir, editar y administrar el archivo de dichos registros fotográficos y audiovisuales.
d) Optimizar y agilizar los procedimientos de trabajo que articulan las etapas de registro, edición y transmisión del material.
e) Velar por el cuidado y la correcta operación del equipamiento técnico necesario para llevar a cabo las tareas que son de su competencia.
f) Implementar un archivo fotográfico y audiovisual adecuadamente organizado para el uso y la administración más eficiente de sus contenidos.
1.2 .Dirección de Administración Publicitaria
a) Coordinar los pedidos
de contratación de publicidad oficial de los distintos sectores de
b) Administrar la publicación de avisos en tiempo y forma entre los medios escogidos por la superioridad, teniendo en cuenta su inscripción registral.
c) Proponer criterios de selección racional en la asignación de órdenes de publicidad.
d) Obtener y mantener actualizada la información de acceso público y privado referida a rating, circulación y demás unidades de medición de alcance de los medios, con el objeto de establecer relaciones costo/beneficio en la selección de medios para publicitar información oficial.
e) Elaborar toda la información requerida por la superioridad para un adecuado seguimiento y control publicitario de los medios.
f) Planificar estrategias de gestión para optimizar el presupuesto asignado, manteniendo actualizada la información tarifaria.
g) Confeccionar un sistema informático para emisión y control de órdenes de publicidad con numeración correlativa, en coordinación con las áreas técnicas competentes.
1.3 Dirección Provincial de Comunicación Externa
a) Trabajar en forma
mancomunada con
b) Ejecutar una eficiente política de comunicación externa a medios de prensa nacionales, provinciales y municipales sobre las acciones del Poder Ejecutivo que resulten de interés público.
c) Difundir en medios
escritos (diarios, revistas, agencias de noticias y sitios webs)
y audiovisuales (radios y televisión) la actividad oficial de
d) Realizar la cobertura periodística de las actividades en el ámbito provincial, nacional e internacional, generando y produciendo el material a ser utilizado como información oficial de la comunicación gubernamental.
e) Generar una amplia y actualizada base de datos de medios de prensa internacionales, nacionales, provinciales y municipales a fin de disponer de los contactos apropiados para cada intervención del Poder Ejecutivo, recepcionar sus consultas periodísticas y pedidos de entrevistas a funcionarios para luego dar respuesta.
1.3.1 Dirección de Comunicación Radial
a) Compilar, procesar y realizar el seguimiento de la información relevante de los medios radiales nacionales, provinciales y locales sobre la gestión de gobierno. Circular dicha información en los distintos organismos de gobierno.
b) Difundir en los medios
radiales (nacionales, provinciales y locales) la actividad de
c) Realizar la cobertura periodística de las acciones de gobierno para reproducir a los medios radiales citados anteriormente.
d) Mantener un registro
actualizado de las participaciones en los medios de comunicación de
e) Relevar en tiempo real noticias urgentes de índole nacional y provincial a fin de ser comunicadas con inmediatez a los distintos organismos de gobierno.
1.3.2. Dirección de Comunicación Televisiva
a) Ejecutar las políticas fijadas para la difusión televisiva del gobierno, ocupándose de las informaciones que imponga la coyuntura diaria, en el marco de la política de comunicación gubernamental.
b) Garantizar la difusión
y conocimiento general, a través de la televisión, de la actividad oficial, los
actos de gobierno y la información de interés público en coordinación con las
demás áreas de
c) Instrumentar las pautas apropiadas para la cobertura periodística televisiva de los eventos, hechos o situaciones relevantes en las que resultaren partícipes las áreas que conforman el Poder Ejecutivo, con el propósito de transmitir con claridad y transparencia a la opinión pública los criterios de decisión y fundamento de las posiciones oficiales.
d) Asistir al Subsecretario de Prensa y Difusión en el cumplimiento de la política de comunicación oficial y la búsqueda de objetivos de calidad.
e) Proveer información originada en los medios televisivos a las áreas pertinentes del Poder Ejecutivo, a fin de que éstas puedan evaluar las problemáticas en debate.
1.4. Dirección Provincial de Comunicación Interna
a) Difundir y aplicar las
estrategias de comunicación elaboradas por
b) Elaborar líneas de acción tendientes a agilizar y mejorar la comunicación interna.
c) Armonizar los mensajes elaborados por los distintos Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo. Controlar la calidad de los mensajes, así como también programar y mantener actualizado el registro de comunicados y declaraciones oficiales de los Ministerios y Secretarías.
d) Llevar y mantener
actualizado un tablero de control de actividades de funcionarios en relación
con los medios de comunicación. Coordinar con las áreas de prensa y difusión de
los gobiernos municipales de
e) Implementar servicios
de apoyo a los distintos Ministerios y/o Secretarías para la difusión de las
distintas acciones de gestión de sus áreas en
f) Generar espacios de
capacitación e interacción con las áreas de prensa y difusión municipales y los
medios periodísticos de
1.4.1 Dirección de Producción
a) Compilar y procesar la información relevante de medios nacionales, provinciales y locales sobre la gestión de gobierno. Circular dicha información en los distintos organismos de gobierno.
b) Mantener un registro
actualizado de las participaciones en los medios de comunicación de
c) Brindar un exhaustivo análisis de medios periodísticos, tanto nacionales como provinciales.
d) Relevar en tiempo real noticias urgentes de índole nacional y provincial a fin de ser comunicadas con inmediatez a los distintos organismos de gobierno.
e) Elaborar informes
periodísticos que complementen la labor y la agenda de actividades de
1.5 Dirección Provincial de Radio Provincia
a) Programar, ejecutar, atender y controlar la administración de prensa radial, manteniendo permanente relación con los servicios informativos de los distintos medios de comunicación masiva nacionales, provinciales y extranjeros, en forma directa o a través de los periodistas acreditados.
b) Organizar, programar e implementar la prestación de los servicios de apoyo necesarios para la difusión de las distintas acciones, ejecutando en tiempo y forma y de acuerdo a los lineamientos programáticos, las actividades periodísticas y de divulgación de la información.
c) Organizar, programar y
planificar el funcionamiento de la emisora LS 11 Radio Provincia de Buenos
Aires y de
d) Fiscalizar la documentación informativa y de divulgación que ingresa y egresa de la repartición, efectuando los análisis, estudios y consultas necesarias, previos a su difusión.
e) Planificar, coordinar, supervisar y controlar las partidas presupuestarias asignadas a la repartición en coordinación con los organismos competentes y de acuerdo a las determinaciones de la normativa vigente.
f) Atender todas las actividades inherentes a la administración de la emisora, su planta de personal, elementos técnicos y bienes patrimoniales.
g) Elevar propuestas de planificación y programación de la publicidad y la propaganda a emitir por las emisoras a la consideración y posterior autorización del Secretario.
h) Elevar propuestas de convenios y contratos artísticos relativos a las emisoras a la consideración y posterior autorización del Secretario.
i) Elevar las órdenes de publicidad a la consideración y posterior autorización del Secretario.
1.5.1. Dirección de Producción Radial
a) Organizar, coordinar y
controlar la producción e irradiación de audiciones radiales a fin de
contribuir a la información, educación y cultura de los habitantes de
b) Fiscalizar el debido
cumplimiento de las disposiciones emanadas de
c) Evaluar periódicamente la marcha de la emisora y sugerir a la superioridad todas las modificaciones necesarias para un mejoramiento artístico, periodístico, administrativo y técnico.
d) Aprobar, una vez confeccionada, la programación mensual de la emisora y autorizar su irradiación.
e) Producir y generar espacios informativos sobre el acontecer nacional, provincial, internacional y local, como también sobre las actividades políticas, culturales, deportivas, sociales y todo tema de interés comunitario.
f) Proyectar y elaborar
la programación de la emisora de acuerdo a las pautas dadas por
g) Producir los distintos espacios que integran la programación de la emisora, estableciendo y coordinando con el cuerpo de productores, las tareas a realizar para conformar el contenido y garantizar la calidad de los espacios.
1.5.2. Dirección de Gestión Comercial
a) Ejecutar, atender y controlar la gestión comercial de espacios publicitarios y convenios de coproducción de las emisoras de AM y FM, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la superioridad.
b) Organizar y desarrollar el plan estratégico de comercialización de las emisoras de AM y FM.
c) Implementar las estrategias comerciales para la comercialización y publicidad de las emisoras AM y FM de acuerdo a los lineamientos programáticos de la superioridad.
d) Controlar la ejecución y comercialización de espacios y convenios de coproducción de las emisoras de AM y FM.
1.6. Dirección del Canal Provincial
a) Organizar, programar e implementar la prestación de los servicios de apoyo necesarios para la difusión de las distintas acciones, ejecutando en tiempo y forma y de acuerdo a los lineamientos programáticos, las actividades periodísticas y de divulgación de la información.
b) Organizar, programar y planificar el funcionamiento del Canal Provincial coordinando, elaborando y proponiendo las medidas de optimización que resulten necesarias.
c) Atender todas las actividades inherentes a la administración de la emisora, su planta de personal, elementos técnicos y bienes patrimoniales.
d) Elevar propuestas de planificación y programación de la publicidad y la propaganda a emitir por las emisoras a la consideración y posterior autorización del Secretario.
e) Incorporar la señal de aire a las grillas de programación pertinentes.