LEY 4808
EL SENADO
Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO
1.-
Autorizase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de (pesos 20.000 m/n)
veinte mil pesos moneda nacional, para el estudio y proyecto de canalización y
limpieza del arroyo “del Pescado” y sus afluentes arroyos “del Sauce” y “del
Pino”, partido de
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande la presente ley, se incorporará al Presupuesto General Gastos del año 1943.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.