LEY 14597
EL SENADO Y
CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO 1º: Declaránse Personalidades Destacadas del Deporte, post mortem a Don Dante Emiliozzi y Don Torcuato Emiliozzi, por sus trayectorias en el automovilismo nacional.
ARTÍCULO 2º: En testimonio de lo expresado en el artículo precedente, dispónese la colocación de una placa en su honor en el Autódromo Hermanos Emiliozzi en la ciudad de Olavarría, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en