DECRETO 1909/00
Visto: El acuerdo prestado por el
Honorable Senado, y de conformidad con lo prescripto por el artículo 175 de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Nómbrase en el Poder Judicial
Departamento Judicial San Nicolás
Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 5
Juez: Al Dr. José Javier Tivano (D.N.I. 18.149.850, Clase 1966).
ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.
ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial”, y cumplido archívese.