DECRETO 2907/85
LA PLATA, 4 de JUNIO de 1985.
VISTO la decisión del Poder Ejecutivo de homenajear a aquellos ciudadanos que, a través del ejercicio de la función pública, han contribuído al acrecentamiento de la red vial provincial, y
CONSIDERANDO:
Que, a través de estos logros específicos, se han alcanzado progresos en los distintos campos del quehacer provincial, que hoy enorgullecen a los pobladores bonaerenses;
Que a fin de enmarcar los homenajes que correspondan dentro de las normas que hacen a la convivencia democrática, el gobierno provincial ha dictado el Decreto 2906 de fecha 4 de Junio de 1985, estableciendo las pautas que regirán en la asignación de nombres personales a aquellas obras viales que integren la red caminera provincial;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1º: Asígnase a cada Ruta que integra la red caminera provincial, conforme los considerandos que anteceden, los nombres que, en cada caso, a continuación se detallan:
RUTA PROVINCIAL 4: Ministro ERNESTO C. BOATTI
RUTA PROVINCIAL 6: Gobernador MANUEL de SARRATEA
RUTA PROVINCIAL 13: Gobernador DARDO ROCHA
RUTA PROVINCIAL 14: Ministro MANUEL B. GONNET
RUTA PROVINCIAL 20: Gobernador VICENTE LOPEZ Y PLANES
RUTA PROVINCIAL 28: Gobernador MARTIN RODRIGUEZ
RUTA PROVINCIAL 29: Gobernador DOMINGO A. MERCANTE
RUTA PROVINCIAL 30: Ministro RAUL MERCANTE
RUTA PROVINCIAL 31: Gobernador JOSE LUIS CANTILO
RUTA PROVINCIAL 32: Ministro RODOLFO MORENO
RUTA PROVINCIAL 36: Ministro NUMA TAPIA
RUTA PROVINCIAL 41: Gobernador MANUEL DORREGO
RUTA PROVINCIAL 42: Gobernador JUAN GREGORIO DE LAS HERAS
RUTA PROVINCIAL 46: Gobernador MARIANO SAAVEDRA
RUTA PROVINCIAL 50: Gobernador BARTOLOME MITRE
RUTA PROVINCIAL 51: Ministro FRANCISCO EMPARANZA
RUTA PROVINCIAL 55: Ministro JOSE MARIA BUSTILLO
RUTA PROVINCIAL 60: Gobernador VALENTIN ALSINA
RUTA PROVINCIAL 63: Presidente del Directorio de Vialidad, BERNARDO CALDERWOOD
RUTA PROVINCIAL 65: Ministro CARLOS C. RODRIGUEZ JAUREGUI
RUTA PROVINCIAL 67: Gobernador BERNARDO de IRIGOYEN
RUTA PROVINCIAL 74: Gobernador MARIANO ACOSTA
RUTA PROVINCIAL 85: Ministro RICARDO RUDI
RUTA PROVINCIAL 86: Gobernador VALENTIN VERGARA
RUTA PROVINCIAL 88: Ministro PABLO GONZALEZ ESCARRA
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Obras y Servicios Públicos y de Gobierno.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a sus efectos.