LEY 13152
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LAPROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°: Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en la localidad de Isidro Casanova, partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, propiedad de la Empresa OTICA S.C.A. sitos en la Calle La Haya 3061, designados catastralmente como: Circunscripción VII, Sección E, Manzana 65, parcela 9e inscripto su dominio en el folio 2.291/76 y Circunscripción VII, Sección E, Manzana 65 parcela 8, inscripto su dominio en el folio 4.012/69 a nombre de Otica S.C.A , como asimismo las maquinarias e instalaciones que se encuentren dentro de los inmuebles identificados y conforme al inventario, que como Anexo, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: Los inmuebles, maquinarias e instalaciones citadas en el artículo 1°, serán adjudicadas en propiedad y a título oneroso, a la Cooperativa de Trabajo “La Matanza Limitada”, cuya inscripción ante el Instituto Provincial de Acción Cooperativa, se encuentra registrada bajo el N° 005078, con la condición de ser los mismos destinados a la consecución de sus fines cooperativos .
Artículo 3°: El monto total, a abonar por el adjudicatario, así como los plazos y condiciones de pago del mismo, serán establecidos por el Poder Ejecutivo.
Artículo 4°: El Organismo de Aplicación de la presente Ley será determinado por el Poder Ejecutivo, teniendo el mismo a su cargo el contralor y efectividad de la adjudicación.
Artículo 5°: La escritura traslativa de dominio a favor de los adjudicatarios será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, quedando exenta del pago de todo impuesto.
Artículo 6°: Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ANEXO
En la Ciudad de Isidro Casanova, Partido de La Matanza, a los veintisiete días del mes de Agosto del año dos mil dos. Los que suscriben: Roberto Aníbal Benítez, argentino, con Documento Nacional de Identidad número 7.717.708 y Juan Carlos Romero, argentino, con Documento Nacional de Identidad número 4.638.734; por medio de la presente manifiestan que el inmueble sito en la calle La Haya 3063 entre las de Balbastro y la Ruta Nacional número 3 de la localidad de Isidro Casanova, Partido de la Matanza, se encuentran las Maquinarias y muebles, que se detallan a continuación, en el estado en que se encuentran, y todas en perfecto estado de funcionamiento: la cantidad de 14 REMACHADORAS (marcas didofran, General Tecnical, sacma y de fabricación propia); 10 RANURADORAS (de fabricación propia); 17 ROSCADORAS (marca Omega, Sima y de Fabricación propia); 3 TORNOS (marca Ramo FM-50 y marca Fraver); 2 FRESADORAS (marca Otto y marca Plaver); 2 LIMADORAS (de marca CMA); 1 SERRUCHO HIDRAULICO (marca Romano); 2 COMPRESORES (marca Imaco); 1 AGUJEREADORA de pie (marca Progress); 2 AGUJEREADORAS de banco (marca furlanetto); 1 COMPARADOR OPTICO; 1 DUROMETRO (marca BGH); 3 HORNOS DE TEMPLE (marca boheler); 1 CENTRIFUGADORA (de fabricación propia); 3 TAMBORES DE PULIDO (de Fabricación propia);1 ZARANDA ROTATIVA (de Fabricación propia) ; 1 RECTIFICADORA SIN CENTRO (marca Ignacio Balviani); 1 EQUIPO DE SOLDADURA AUTOGENA sin marca; 1 RECTIFICADOR DE BANDEJA (de Fabricación propia); 4 EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DE 2500 frio calorías de capacidad; 1 EQUIPO DE SOLDADURA ELECTRICA sin marca; 3 AFILADORES DE SIERRAS (de fabricación propia); 200 TACHOS DE ESTIVA; 1 GRUPO ELECTROGENO 175 KVA (man siemens) ; 1 PC (CPU BELTRON), 1 IMPRESORA EPSON LX180; 5 ESCRITORIOS; 2 MAQUINAS DE ESCRIBIR marca OLIVETTI.- María Rosa Gava, Notaria.