LEY 13513

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTICULO 1.- Suprímense los órganos de Adjunto de Agente Fiscal de Primera Instancia y Adjunto de Defensor Oficial de Primera Instancia del Ministerio Público.


ARTICULO 2.- Los Magistrados que actualmente se desempeñan como Adjunto de Fiscal y Adjunto de Defensor Oficial de Primera Instancia, en cada Departamento Judicial, pasarán a desempeñarse como Agente Fiscal y Defensor Oficial de Primera Instancia.


ARTICULO 3.- Equipáranse los niveles de los Fiscales y Defensores Adjuntos (Nivel 19.50) de la Planilla Anexa a la Ley 10.374, con el de los Fiscales y Defensores Titulares de Primera Instancia (Nivel 20).


ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo