LEY 13513
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Suprímense los órganos de Adjunto de Agente Fiscal de Primera Instancia y Adjunto de Defensor Oficial de Primera Instancia del Ministerio Público.
ARTICULO 2.- Los Magistrados que actualmente se desempeñan como Adjunto
de Fiscal y Adjunto de Defensor Oficial de Primera Instancia, en cada
Departamento Judicial, pasarán a desempeñarse como Agente Fiscal y Defensor
Oficial de Primera Instancia.
ARTICULO 3.- Equipáranse los niveles de los Fiscales y Defensores
Adjuntos (Nivel 19.50) de la Planilla Anexa a la Ley 10.374, con el de los
Fiscales y Defensores Titulares de Primera Instancia (Nivel 20).
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo