DECRETO 3648/73
Feriados locales - Supresión de los dispuestos para los Partidos de Dolores y Chascomús los días 29 de Octubre y 7 de Noviembre respectivamente - Modificación del artículo 1º del Decreto 4103/64.
LA PLATA, 25 de OCTUBRE de 1973.
VISTO que por Decreto 4103/64 se decretó feriado el día 29 de Octubre para el Partido de Dolores, en conmemoración del llamado “Grito de Dolores”.
Que por el mismo Decreto se declaró feriado el día 7 de Noviembre para el Partido de Chascomús por ser aniversario de la Batalla de los llamados “Libres del Sur” y
CONSIDERANDO:
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase parcialmente el artículo 1º del Decreto 4103/64, suprimiéndose los feriados dispuestos anualmente para los Partidos de Dolores y Chascomús los días 29 de Octubre y 7 de Noviembre respectivamente.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.