Provincia de
Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 38/10
La Plata, 30 de marzo de 2010.
VISTO la Resolución Nº 18/10, por la que se emitió el Primer Tramo del Programa de Letras del Tesoro,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada precedentemente se emitieron Letras del Tesoro por
un total de Valor Nominal Pesos ochenta y tres millones quinientos ochenta y
tres mil con 00/100 (VN $83.583.000);
Que el artículo 2º de la misma establece la emisión de “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un (91) días con vencimiento el 29 de abril de
2010” por la suma de Valor Nominal pesos catorce millones doscientos ochenta y
un mil (VN $14.281.000);
Que el inciso w) del artículo antes mencionado establece la forma de pago de
las Letras emitidas, indicando que los mismos se realicen mediante la
transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los
tenedores de estas Letras con derecho al cobro;
Que la Caja de Valores Sociedad Anónima ha informado que los fondos para ser
aplicados al pago de los servicios financieros de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires deberán ser transferidos a la cuenta en Pesos de Caja de Valores
Sociedad Anónima Nº 901 en el Banco Central de la República Argentina;
Que por expediente Nº 5500-3779/10, tramitó la registración contable de la
emisión en cuestión, habiendo tomado la Contaduría General y el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires la intervención de su competencia;
Que es necesario se emita la Orden de Pago que posibilite su rescate.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Por
Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, proceder al rescate de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un (91) días con vencimiento el 29 de abril de
2010 por un importe de Valor Nominal pesos catorce millones doscientos ochenta
y un mil (VN $14.281.000), los que deberán ser transferidos a la Caja de Valores Sociedad Anónima.
ARTÍCULO 2º. Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Rubén Telechea
Subtesorero General