Provincial de Buenos Aires
ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución N° 74/14
VISTO las Leyes Provinciales Nº 11.723, Nº 13.757, el Decreto Nº 23/07, N° 1203/12, y
CONSIDERANDO:
Que este Organismo Provincial para el Desarrollo
Sostenible ejerce
Que a efectos de la preservación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, resulta esencial la educación y capacitación de la población, constituyendo un principio de la política ambiental provincial, la promoción de la formación de individuos responsables y solidarios con el ambiente;
Que en orden a comprometer a la ciudadanía en la adopción, en sus actividades cotidianas, de conductas que contribuyan al cuidado del ambiente, resulta indispensable el desarrollo de actividades destinadas a generar conciencia acerca de la importancia de las buenas prácticas ambientales;
Que en atención a la experiencia recogida con motivo del desarrollo de acciones en la materia, se considera conveniente optimizar la organización de las actividades inherentes a la educación y capacitación ambiental;
Que a tal fin se considera oportuna la implementación de un programa, estimándose conveniente designar como responsable del mismo al agente Daniela Leguizamón Brown, DNI 27.791.869, quien reúne las condiciones de idoneidad y capacidad necesarias;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 31 de
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Crear el Programa de Fortalecimiento de las Acciones de Educación y Capacitación Ambiental, que dependerá directamente de esta Dirección Ejecutiva.
ARTÍCULO 2°. Establecer que el Programa mencionado en el artículo precedente tendrá como objetivo optimizar el desarrollo de las actividades realizadas por este Organismo Provincial en materia de educación y capacitación ambiental, e incluirá las siguientes tareas: Colaborar en la organización de acciones, en forma coordinada con los organismos correspondientes, en materia de educación y capacitación ambiental, a fin de promover la formación de individuos responsables y solidarios con el ambiente. Asistir en la organización de eventos, campañas y actividades afines, a efectos de promover la participación de la ciudadanía en actividades destinadas a favorecer una mejor calidad de vida, a través del cuidado del ambiente. Cooperar en el desarrollo de actividades dirigidas a capacitar a usuarios y consumidores respecto de las acciones cotidianas con las que pueden contribuir al cuidado del ambiente, generando conciencia sobre su importancia. Contribuir en la programación de actividades tendientes, en general, a fomentar la responsabilidad ambiental, en provecho propio y en el de las generaciones futuras.
ARTÍCULO 3°. Determinar que, cada dos (2) años, se procederá a efectuar una evaluación del estado de implementación del Programa que se crea por medio de la presente, a fin que, de corresponder, se lleven a cabo las modificaciones y/o adecuaciones que resulten necesarias.
ARTÍCULO 4°. Designar como persona responsable del programa al agente Daniela Leguizamón Brown, DNI 27.791.869, designación que no implicará, en ningún caso, el reconocimiento por tareas jerarquizadas.
ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Hugo Javier Bilbao
Director Ejecutivo
C.C. 12.702