Resolución 1728/06

 

LA PLATA, 24 de mayo de 2006

 

 

VISTO la necesidad de regular el uso de teléfonos celulares dentro de las aulas y,

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que la discusión de dicho tema ha asumido arraigo social y se configura como la determinación de un problema educativo;

 

Que el uso del celular en el aula descentra y desconcentra el proceso de enseñanza-aprendizaje, debiendo el acto educativo preservarse de ésta y de otras desvirtuaciones análogas;

 

Que para cada medio de comunicación existe un espacio propio de utilización e inordinación funcional;

 

Que el fomento de conductas y usos individuales en el contexto de un acto conjunto y socializado como es el de aprender, inviste el carácter de una actitud contraeducativa;

 

Que la adopción de una medida restrictiva del uso en el aula, en nada empece a la portación y utilización de los teléfonos celulares por parte del personal docente y los alumnos fuera de dicho espacio educativo;

 

Que particularmente en el caso de los alumnos, resulta endeble la invocación a presuntas razones de seguridad, en tanto durante la permanencia de los mismos en el aula se encuentran dentro de la esfera de la custodia integral de los docentes que conducen el proceso de aprendizaje;

 

Que puede dictarse que el presente acto administrativo atento con las facultades conferidas por la Ley 11612, artículo 33 inciso e);

 

 

Por ello,

 

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º.-  Prohibir en todo el Sistema Educativo de la Provincia de Buenos Aires la utilización de teléfonos celulares al personal docente y a los alumnos que sean portadores y/o usuarios de los mismos, dentro del ámbito escolar y en horario de clase.--

 

ARTÍCULO 2º.-  La presente Resolución será refrendada por la Subsecretaría de Educación de  este Organismo.

 

ARTÍCULO 3º.-  Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma.  Notificar al Consejo General de Cultura y Educación, a las Subsecretarías Administrativa y de Educación, a las Direcciones Provinciales de Planeamiento, de Educación y Trabajo, de Política Socio-educativa, de Enseñanza, de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Inspección General, a las Direcciones de Consejos Escolares, Inspección General, de Comunicación y Prensa y a quienes corresponda. Cumplido archivar.