DECRETO 287/2021

LA PLATA, 13 de Mayo de 2021.

VISTO el expediente EX-2021-4052434-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, por el cual tramitan las designaciones de varias personas en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), Decreto Reglamentario Nº 4161/96 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se gestiona la designación de veinte (20) personas en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado de la Ley Nº 10430, por el período comprendido entre la fecha que se menciona en cada caso y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, quienes reúnen las condiciones de admisibilidad necesarias;

Que han prestado su conformidad la Directora Ejecutiva del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia y el Ministro de Desarrollo de la Comunidad;

Que, de acuerdo a los destinos asignados a los y las postulantes, procede liquidarles la bonificación prevista por el artículo 2º del Decreto Nº 1351/71 y sus modificatorios, o el adicional previsto en el artículo 1º del Decreto Nº 10104/87 y sus modificatorios, según corresponda en cada caso, asignándoles el régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, conforme lo dispone el Decreto N° 786/91, ampliado por su similar N° 710/98;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia ha dictaminado favorablemente;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.18 - Ministerio de Desarrollo de la Comunidad - Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, en la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, a las personas que se detallan en el Anexo Único (IF-2021-09835017-GDEBA-DGAMDCGP), que forma parte integrante del presente acto, con una remuneración equivalente a la Categoría 05 de la escala salarial vigente, del Agrupamiento Ocupacional 04, Personal Técnico, tareas de Asistente de Minoridad Inicial, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, otorgándoles la bonificación prevista por el artículo 2° del Decreto N° 1351/71 y sus modificatorios o el adicional previsto en el artículo 1º del Decreto Nº 10104/87 y sus modificatorios, según corresponda en cada caso, a partir de las fechas que se señalan y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, de conformidad con los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

ARTÍCULO 2º. Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, con cargo a la partida presupuestaria que se detalla: Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Unidad Ejecutora 202 y 203, PRG 015 y 016, SP 0, 01, ACT 001, 003 y 004, Finalidad 3, Función 2, Subfunción 0, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 04, Ubicación Geográfica 999, Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15225.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andrés Larroque                                                                Carlos Alberto Bianco

Ministro de Desarrollo de la Comunidad                             Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros

AXEL KICILLOF

Gobernador