Provincia de Buenos Aires

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

Resolución Nº 3010

 

La Plata, 20 de septiembre de 2010.

 

VISTO el expediente Nº 5800-0000904/10, vinculado con la solicitud de crédito fiscal presentada por la EMPRESA USINA POPULAR Y MUNICIPAL DE TANDIL SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la presentación cumple con las normas vigentes, fijando domicilio legal y acreditando identidad;

Que acompaña copia autenticada de Estatuto;

Que justifica masa salarial abonada según Certificación contable sobre monto de las remuneraciones durante el periodo julio de 2007 a junio de 2008, suscripta por el Cr. Norberto O. Barbieri, matriculado en el C.P.C.E.P.B.A. bajo el tomo 32, folio 203, con su firma autenticada el 18/11/2009 por el C.P.C.E.P.B.A obrante de fs. 16 a 18 del expediente;

Que el monto de crédito fiscal solicitado será destinado para solventar acciones de capacitación para el personal de la Empresa y para la adquisición de equipamiento con destino a la Escuela de Educación Técnica Nº 1 del distrito de Tandil por la suma de pesos ochenta y cuatro mil quinientos ($ 84.500);

Que a fs. 101, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo 1, Artículo 28 de la Resolución N° 161/06, la Auditoría General de la Dirección General de Cultura y Educación, previa verificación por la Dirección de Auditoría de Control de Gestión del cumplimiento de los requisitos plasmados en el acto resolutivo sólo en su aspecto formal, siendo absoluta responsabilidad de la Empresa la veracidad de las constancias adunadas, por no existir en autos cotejo de precios al momento de la evaluación, considera que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución N° 161/06 y a los anexos aprobados por Disposición N° 7/06 del Consejo Provincial de Educación y Trabajo, no teniendo objeciones que formular;

Que corresponde autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas a entregar los Certificados de Crédito Fiscal - Ley 10.448 - y fijar las partidas presupuestarias correspondientes, de conformidad con la intervención de la Dirección de Contabilidad y

Finanzas de este Organismo, obrante de fojas 9 a 10 vuelta;

Que la documentación presentada se ajusta en todos los términos a la Ley 10.448, Decreto Nº 620/90, la Resolución N° 161/06 y a los anexos aprobados por Disposición N° 7/06 del Consejo Provincial de Educación y Trabajo;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 69, incisos “e” y “f” de la Ley 13.688;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN,

 RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el otorgamiento de Crédito Fiscal presentado por la Empresa Usina Popular y Municipal de Tandil Sociedad de Economía Mixta, con domicilio legal en calle Nigro Nº 575 del distrito de Tandil, Provincia de Buenos Aires, Código Postal B7001DBC, por la suma de pesos ochenta y cuatro mil quinientos ($ 84.500) de los cuales se destinarán a financiar acciones de capacitación del personal de la Empresa la suma de pesos treinta y cuatro mil ($ 34.000) y para la adquisición de equipamiento, destinado para la Escuela de Educación Técnica Nº 1 del distrito de Tandil, la suma de pesos cincuenta mil quinientos ($ 50.500.-)

 

ARTÍCULO 2°. Aceptar que el equipamiento mencionado en el Artículo 1º sea entregado a título gratuito y con carácter de cesión a la Escuela de Educación Técnica Nº 1 del distrito de Tandil por la suma de pesos cincuenta mil quinientos ($ 50.500.-), el cual deberá ser incorporado al patrimonio de la Dirección General de Cultura y Educación en cumplimiento del Articulo 22, inciso “c”, anexo 1 de la Resolución 161/06.

 

ARTÍCULO 3º. Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas a emitir Orden de Pago para proceder a la entrega de los Certificados de Crédito Fiscal -Ley 10.448- por la suma de pesos ochenta y cuatro mil quinientos ($84.500.-), estableciéndose que el gasto que demande el cumplimiento del citado acto administrativo deberá ser considerado con la siguiente imputación: PRESUPUESTO GENERAL - EJERCICIO 2010 – LEY 14.062 - DECRETO 2586/09 - JURISDICCIÓN 11.220 – JURISDICCIÓN AUXILIAR 00 – ENTIDAD 050 - FINALIDAD 3 - FUNCIÓN 4 - FUENTE DE FINANC. 1.3. - PROG 007 - AES 001 - PARTIDA PRINCIPAL 5 - SUBPRINCIPAL 1 - PARCIAL 9 - SUBPARCIAL 001. CUMPLIMIENTO LEY 10.448.

 

ARTÍCULO 4º. Determinar que los certificados de Crédito Fiscal serán entregados una vez cumplida la presente Resolución y verificados, desde su aspecto formal por la Dirección de Auditoría de Control de Gestión, todos los requisitos que debe cumplimentar la Empresa interesada, siendo la misma una visación de la documentación rendida por los interesados, quienes asumen la absoluta responsabilidad sobre su veracidad, en cuanto a las acciones de capacitación y adquisición de equipamiento.

 

ARTÍCULO 5º. La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Educación y el Señor Subsecretario Administrativo de este Organismo.

 

ARTÍCULO 6º. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma; comunicar a la Subsecretaría de Educación, a la Subsecretaría Administrativa, a Usina Popular y Municipal de Tandil Sociedad de Economía Mixta, a la Dirección General de Administración, a la Dirección de Contabilidad y Finanzas, al Consejo Provincial de Educación y Trabajo y por su intermedio a quienes corresponda.

Publicar en el Boletín Oficial, y dar intervención al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Mario N. Oporto

Director General

C.C. 11.868