Fundamentos de la

Ley 11664

 

            Por la Ley 11.582 se modificó el artículo 39 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6.769/58) con la finalidad de poner un tope máximo a los gastos totales que pueden efectuar los consejos deliberantes de los municipios de la Provincia.

            Para evitar la rigidez de un sistema tasado, se pretende su flexibilización a efectos de adecuarlo a otras disposiciones de la ley, -que contemplan la dieta de los concejales- posibilitando de esta forma una mejor ejecución del objetivo propuesto.