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Fundamentos de la Ley 11664
Por la Ley 11.582 se modificó el artículo 39 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6.769/58) con la finalidad de poner un tope máximo a los gastos totales que pueden efectuar los consejos deliberantes de los municipios de la Provincia. Para evitar la rigidez de un sistema tasado, se pretende su flexibilización a efectos de adecuarlo a otras disposiciones de la ley, -que contemplan la dieta de los concejales- posibilitando de esta forma una mejor ejecución del objetivo propuesto.
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