Decreto 1008/2019

La Plata, 26 de julio de 2019

VISTO el expediente N° 2904-3074/17 del Ministerio de Salud, por el cual se propicia cubrir un (1) cargo de médico asistente, especialidad: clínica médica, en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 4799/15 y modificatorias, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la carrera profesional hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un (1) cargo de médico asistente, especialidad: clínica médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el establecimiento referido;

Que obra el acta labrada por el jurado, de la cual surge el orden de mérito definitivo, y que el mismo se encuentra firme, consentido y sin apelación (fs. 1/2);

Que en virtud de los resultados alcanzados se propicia la designación de Juan Martín VERA, por haber obtenido el máximo puntaje;

Que la vacante surge de limitar, por este mismo acto, la designación del postulante de carácter interino en el mismo cargo y especialidad, con igual régimen horario y lugar de prestación de servicios, que había sido efectuada con anterioridad por Resolución 11112 N° 2756/14;

Que en autos se informa que el agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el presupuesto general ejercicio 2019 – Ley Nº 15.078;

Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la fecha de notificación del interesado;

Que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad requerida por el profesional con relación al cargo que posee en la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Ensenada;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, la designación en el grado de asistente, con carácter interino, de Juan Martín VERA (D.N.I. 31.299.820 – Clase 1984) en un cargo de médico, especialidad: clínica médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, que había sido concretada mediante Resolución 11112 N° 2756/14.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en la planta permanente, por concurso abierto de méritos, antecedentes y evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, en el grado de asistente, a Juan Martín VERA (D.N.I. 31.299.820 – Clase 1984), para desempeñar un cargo de médico, especialidad: clínica médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471) en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la fecha de notificación del interesado.

ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad requerida por el profesional que se menciona en el artículo 2° del presente, con relación al cargo que posee en la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Ensenada.

ARTÍCULO 5°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0019 – Subprograma: 002 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 245 Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15.078.

ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora