Provincia de
Buenos Aires
MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución Nº 55
VISTO
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución se aprobó el Manual General de Procedimientos para
el Cobro de Multas;
Que en forma paulatina fue modificándose la misma a los efectos de otorgar
mayores beneficios a los infractores en los plazos de financiamiento y pago de
multas, como así también otras que propendieron a dotar al procedimiento
administrativo de eficiencia, celeridad y economía de trámite, mediante la
unificación de metodologías de trabajo e instrumentación de medidas procesales
y conservatorias del crédito de ejecución, con el objeto de resguardar la
intangibilidad de los intereses fiscales;
Que la actual situación de crisis económica que involucra a la actividad
productiva en general, originó el dictado del Decreto Nº 3.140/08, por el cual
se estableció un régimen de regularización, refinanciación y bonificación de
intereses para el cobro de las multas impuestas al empleador, por infracciones
violatorias del ordenamiento laboral vigente;
Que a los efectos de adecuar
Por ello;
EL MINISTRO DE TRABAJO, RESUELVE:
ARTICULO 1º - Modificar
los puntos 11.8, 11.9 y 12.2 de
“11.8. La tasa de interés aplicable para el cálculo de las cuotas será del doce
(12 %) anual sobre saldos. La falta de pago de las cuotas en tiempo y forma,
devengará desde su vencimiento y hasta la fecha del efectivo pago un interés
punitorio del veinticuatro por ciento (24 %) anual”
“11.9. El convenio de pago será suscripto, según corresponda, de acuerdo al
modelo que se agrega como Anexo 1 y pasa a formar parte integrante de la
presente Resolución.
“12.2. A la solicitud de financiamiento con o sin causa judicial, se le deberá
agregar la siguiente documentación:
* Fotocopia de DNI de cada uno de los solicitantes.
* Fotocopia de inscripción –CUIT-
* Copia fiel del poder que justifique la representación que invoca.
* Estatutos sociales y/o última acta de designación de autoridades, cuando
correspondiere.
* Constancia de Clave Bancaria –CBU-
* Formulario de Adhesión al Pago Directo.
Si la solicitud de financiamiento es con causa judicial, será obligatorio para
el apoderado agregar la siguiente documentación:
* Fotocopia de la factura por honorarios impresa según la normativa de
* Fotocopia de comprobante de pago de Tasa de Justicia.
* Fotocopia de comprobantes de pago de Aportes Previsionales y sobre Tasa de
Justicia.
* Fotocopia de comprobante de pago de Ingresos Brutos.
ARTICULO 2º - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al
SINBA. Cumplido, archivar.
Oscar Antonio Cuartango
Ministro de Trabajo
ANEXO 1
CONVENIO DE PAGO DE MULTA
Entre el Ministerio de
Trabajo de
PRIMERA: Reconocimiento de deuda:
SEGUNDA: Monto consolidado a
financiar: El monto consolidado a financiar asciende a la suma
de pesos …………………
($…………….), conforme al siguiente detalle:
Expediente Nº Resolución
Nº Monto Multa $ Interés Bonificación Deuda Consolidada
TERCERA: Forma de pago:
CUART
QUINTA: Caducidad del régimen: Los plazos pactados revisten carácter de
perentorios, impostergables e improrrogables. La falta de pago en tiempo y
forma de dos (02) cuotas consecutivas o alternadas o la falta de pago de alguna
cuota al cumplirse sesenta (60) días desde el vencimiento de la última cuota
del plan, producirá la mora de pleno derecho y la caducidad de los plazos
acordados, sin que sea necesaria la previa interpelación extrajudicial o
judicial a
SEXTA: Mantenimiento de medida cautelar (RR R MT Nº 112/07): Para el caso que,
previo a la solicitud de financiamiento, la multa impaga haya originado el
dictado y traba de una medida cautelar,
SEPTIMA: Título Ejecutivo: Las partes asignan al presente Convenio de Pago el
carácter de Título Ejecutivo en los términos del Art. 521 del CPCC, y
OCTAVA: Constitución de domicilio: A todos los efectos del presente, ambas
partes constituyen domicilios procesales en los términos de los artículos 101 y
102 del Código Civil, en los arriba indicados donde se tendrán por válidas
todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se hicieran llegar.
En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de ………………………………..., Provincia de Buenos Aires, a
los…………días del mes de ……………… del año..……….
C.C. 4.127