Provincia de Buenos Aires
JUNTA ELECTORAL
Resolución N° 108/17
La Plata, abril 7 de 2017.
POR 3 DÍAS - VISTO las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el art. 63 de la
Constitución de la Provincia, el art. 5 del Decreto Ley 9.889/82, T.O. s/ Decreto 3.631/92 y sus modificatorias y el art. 20 de la Ley 5.109; y el Decreto N° 13E/17 que convoca a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas, las disposiciones de la Ley Nacional N° 15.262, la Ley Provincial 14.086 y lo establecido en el art. 5 del Anexo Único del Decreto N° 332/11, y
CONSIDERANDO:
Que el art. 2 del Decreto 13E/17 convoca a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas para la selección de los candidatos a Senadores y Diputados provinciales, Concejales y Consejeros Escolares para el día 13 de agosto del corriente año.
Que el art. 3 del mismo cuerpo legal, establece la simultaneidad de las elecciones primarias y generales de Legisladores Provinciales y Cargos Comunales con las de Legisladores Nacionales, aplicando la normativa nacional en lo referente a cuestiones enunciadas en el citado artículo (conf. Ley 15.262).
Que el art. 5 del Anexo Único del Decreto N° 332/11, reglamentario de la Ley 14.086, dispuso la competencia de este Organismo de la Constitución para la aprobación del cronograma electoral correspondiente a las elecciones primarias.
Por ello,
LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébese el cronograma electoral para las elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas convocadas por el Decreto 13E/17, en el marco de lo dispuesto en la Ley 14.086, su decreto Reglamentario n° 332/11 y la Ley Nacional 15.262, que como Anexo, forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º: Regístrese. Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial y en la página web del Organismo y archívese.
Luis Esteban Genoud, Presidente; Eduardo Raúl Delbes, Vocal; Eduardo Benjamín Grinberg, Vocal; Ana María Bourimborde, Vocal; Gustavo Juan de Santis, Vocal. Ante mí: Guillermo Osvaldo Aristía, Secretario de Actuación.
C.C. 4392