LEY 10363
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
ARTÍCULO 1.- Exímense de todo gravamen provincial, a los actos y operaciones que se realicen sobre los Títulos Valor Vivienda (VAVIS), emitidos o a emitirse por el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Esta exención alcanza también a las rentas producidas por los mismos y/o a los ajustes de estabilización o corrección monetaria.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.