DECRETO-LEY 7882/72

 

 

 

Modificando el artículo 11 de la Carta Orgánica del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

LA PLATA, 18 de MAYO de 1972.

 

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 2430 y la Política Nacional Nº 54, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

 

 

LEY

 

 

 

ARTÍCULO 1.- Sustitúyese en el artículo 11 de la Carta Orgánica del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Decreto-Ley 7353/57 (T.O. 1965), modificado por Ley 7002 de fecha 28 de enero de 1965, la expresión “cinco mil millones de pesos moneda nacional (pesos moneda nacional 5.000.000.000) por doscientos millones de pesos (pesos 200.000.000). 

 

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.