FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9051
El Ministerio del Interior –mediante Resolución 592/78- ha ratificado la ley provincial 8844, supeditándola al dictado de una nueva ley que establece que de las utilidades de la Sección Crédito de Inversión del banco de la Provincia deberá deducirse anualmente el diez (10) por ciento como mínimo para reserva legal.
Tal modificación a la Carta Orgánica del Banco se ajusta a las disposiciones de la ley nacional 21.526 sin alterar la política que dio fundamento a la sanción de la ley bonaerense 8844, por lo que el gobierno provincial sanciona la ley adjunta que se adecúa a lo dispuesto por el Ministerio del Interior.