Fundamentos de la

Ley 13600

 

 

            La Ley de Educación Común sancionada por la Legislatura de la provincia de Buenos aires en el año 1875 e inspirada en sus lineamientos generales por aportes de Domingo Faustino Sarmiento, otorgó por primera vez, carácter sistémico a la educación bonaerense.

            Ya desde sus primeros artículos, la ley mencionada le otorga un perfil relevante a la figura institucional del consejo de educación distrital o “Consejo Escolar”; el cual queda claramente instituido como centro de referencia obligado para la organización territorial de la educación común en todo el ámbito de la campaña de la provincia de Buenos Aires.

            Correspondía entonces un consejo escolar por distrito, de acuerdo a la jurisdicción de cada uno de los juzgados de Paz, que se encargaría entre otra muchas tareas indispensables desde el correcto desarrollo de la educación tanto en escuelas comunes como particulares; la confección de censos escolares anuales en los primeros quince días de cada ciclo lectivo; de la adquisición de terrenos y fincas para la construcción de edificios escolares, y de muchas otras tareas que terminaron cimentando en pocos años el andamiaje necesario para la implementación, en la década siguiente, de la exitosa Ley 1.420 sancionada por el Congreso de la Nación Argentina.

            Aquella no haría sino trasladar al conjunto de las provincias el antecedente exitoso del germinal sistema bonaerense que en pocos años había demostrado su eficaz rendimiento al servicio de los más altos ideales de aquel modelo precursor.

            Mucho después, cuando los efectos de la Ley 1.420 ya habían pasado a constituirse en “sistema modelo” en el mundo de habla hispana por sus atributos civilizatorios sobre el conjunto de la sociedad argentina; ingresamos a otra etapa de carácter esencialmente distinta de aquella, en la cual nos encontramos nuevamente con el destacado y estratégico rol cumplido por los consejos escolares. Nos estamos refiriendo, en el pleno Siglo XX, a la crisis de 1929, que en nuestro país tuviera efectos devastadores durante los años 1931, 1932 y 1933.

            Durante el período aludido fueron los consejos escolares quienes pusieron en funcionamiento la primera red de comedores escolares. Lo que indica cuan prematura y alejado de los tiempos actuales fueron los comienzos de la asistencia en los distritos escolares más afectados por los ciclos críticos de la economía argentina. Gracias a ello la matrícula en situación de riesgo encontró, en todos los casos, aquella asistencia complementaria para la retención de los niños en período escolar.

            Sin duda, en aquellas circunstancias novedosas e impensadas, (como son los ciclos críticos económico-sociales), fue la inserción y conocimiento del territorio lo que produjo una respuesta acertada a los desafíos planteados. Inserción y conocimiento que solo podía lograrse con el contacto directo y en forma permanente de los agentes estatales con la realidad y cotidianeidad de la vida escolar y sus protagonistas.

            Aquella Argentina bosquejada en la obra “El hombre que está solo y espera” se encontraba en medio de una profunda transición hacia otro país en gestación advertido en aquel tópico inmortalizado tiempo después por la misma pluma: “El subsuelo de la patria sublevado”.

            Pero para no abundar en ejemplos innecesarios que, terminarían por exceder los límites de la presente fundamentación, nos remitiremos a los hechos recientemente ocurridos durante la crisis de los años 2001-2001.

            En esta oportunidad, los desajustes del entramado social, se tornaron de la noche a la mañana, en una urgencia incontenible, colapsando todos los sistemas y mecanismos de control social; donde incluso, las múltiples e invisibles coberturas con las que cuenta una sociedad (para su relativa tranquilidad cotidiana) se diluyeron por completo generando un vacío, para el que ninguno de los actores sociales se encontraba preparado.

            Más aún, al dispararse el “efecto dominó” sobre la credibilidad del sistema, se abre una secuencia inédita de sucesiones en el poder ejecutivo nacional, que arrastra especialmente a la provincia de Buenos Aires; ya que gran parte de la dirigencia bonaerense engrosaría los cuadros de conducción en el timón de la república.

            En ese marco, la conducción político-institucional en la provincia de Buenos Aires, tuvo que tomar un conjunto de medidas de urgencia. La Dirección General de Cultura y Educación, específicamente en el tema que nos ocupa, con absoluta claridad, diagnostica la necesidad de cubrir eficazmente, las necesidades de las “unidades educativos en riesgo de inicio o continuidad en los servicios” que hasta la fecha habíanse encontrado libradas a la exclusiva responsabilidad de las cooperadoras escolares, las que venían acentuando una anemia de recursos que se había profundizado a partir de 1999 y que con los hechos del 2001-2001, dejaron de percibir ingresos hasta el límite de la pérdida de su operatividad.

            Para ello, la Dirección General de Cultura y Educación otorgó a los consejos escolares la administración en forma descentralizada de recursos con los cuales pudiera resolver aquellas cuestiones de bajo impacto presupuestario pero de alta sensibilidad social ya que encontraba una delgada línea divisoria entre el sostenimiento de los servicios o la caducidad de éstos y su consiguiente dilución institucional. En estos casos cupo a los consejeros escolares operar en forma directa e inmediata sobre las urgencias que ponían en peligro el sostenimiento de aquellos servicios esenciales, especialmente para los sectores sociales más vulnerables de nuestro territorio.

            Así, la “agencia gubernamental” más extendida del territorio bonaerense, la del sistema educativo, se constituyó en el más importante centro de recepción de las demandas sociales en cada localidad, barrio o ciudad, a través de los consejos escolares.

            La experiencia indicó que en tales circunstancias la intervención de un agente estatal debía ser acompañada de los vecinos acordando, consensuando, la escala de prioridades para ser atendidas. El único conducto habilitado para enfrentar cada día situaciones de extrema dificultad, fue entonces poner en cada solución o respuesta brindada, el compromiso irrenunciable con el pueblo, con sus proyectos pendientes y la solución de aquellas cosas que se orientaban a la recuperación de su patrimonio simbólico y material.

            De tal forma que, por un lado, se operaba sobre “los problemas de los vecinos” acercando soluciones posibles a problemas cotidianos y, por el otro lado, se restituía la credibilidad en el sistema de las representaciones sociales y políticas. Así, operaba naturalmente, como una lenta pero natural cicatrización, una función reparadora en ambos sentidos: “de abajo hacia arriba” y de “arriba hacia abajo”.

            En este crítico escenario apenas bosquejado, pero aún fuertemente presente en la memoria colectiva de nuestra gente, la estructura del sistema educativo cumplió, a nivel distrital, una tarea esencial a través de los mencionados consejeros escolares quienes, en su carácter de cuerpo colegiado de representación política, (demostraron operar ante la crisis mucho más allá de sus diferencias partidarias), enfrentaron con éxito la inmediatez de las demandas en cada comunidad educativa.

            Su tarea de supervisión y mantenimiento de los edificios así como de los servicios alimentarios escolares, fortaleció la presencia del Estado en las prestaciones básicas para el funcionamiento de cada unidad escolar. La diferenciación entre lo que eran cuestiones urgentes y cuestiones principales por un lado, así como la definición de criterios de equidad universales para el otorgamiento de los escasos recursos económicos, por otro lado, se transformaron en parte de los instrumentos más eficaces para el desempeño óptimo de la tarea esperada.

            Se torna indispensable, a esta altura, por tanto, incorporar al presente análisis que en el transcurso de los últimos años, el rol del consejero escolar, pasó de ser un mero agente administrativo dentro de la estructura de la Dirección General de Cultura y Educación a “agente ejecutivo” con alto nivel decisorio. Fueron estos cambios los que favorecieron con absoluta oportunidad y pertinencia el desempeño y protagonismo que desde entonces ha alcanzado. Especialmente, se entenderá en la etapa post crisis de 2001/2.

            Que muy a pesar de las adecuaciones impuestas por la Ley № 11.612 de Educación Provincial y, sus modificatorias especialmente la correspondiente a la Ley № 12.948, que se ocupara de la sustitución completa del Art.: 51 de la ley anteriormente mencionada, indicando: “disposiciones a las que se encuentra dirigida, ya que una pequeña fracción de esos cargos electivos quedaban con carácter “ad honores”.

            Y que relevada aquella omisión involuntaria, por la autoridad de aplicación pertinente, en la actualidad de constituye aproximadamente por 156 consejeros escolares, sobre un total, en la provincia de Buenos Aires de, 722 agentes lo que representa un 21%.

            Desde entonces, es decir, desde la sanción de la Ley № 11.612 y, hasta el día de hoy, aquellos agentes comprendidos en el 21% no perciben ninguna compensación monetaria o dieta por sus tareas.

            Que es menester entonces crear un sistema que integre al total de los consejeros escolares bonaerenses a través de un nuevo y perfeccionado mecanismo de asignación de dieta para ese cargo electivo igualándolo con justicia, en este sentido, a concejales municipales y legisladores provinciales.

            Por las razones expuestas, solicito a los señores legisladores, acompañen la presente propuesta legislativa con su voto afirmativo.