FUNDAMENTOS DE LA LEY 13478

A comienzos de la primera década del siglo XX, fueron masacrados mas de 1.500.000 integrantes del pueblo armenio.

Se establece el día 24 de abril como fecha de conmemoración ya que una de las mayores masacres se cometieron en la noche de ese trágico día del año 1915.

La planificación de las matanzas, dio comienzo con los intelectuales, luego le siguieron los clérigos, los militares, los hombres, los niños y las mujeres y así se sucedieron los hechos con el afán de querer borrar de la faz de la tierra todo vestigio de lo armenio.

La III Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó el 9 de diciembre de 1948 la Convención sobre Prohibición del Genocidio. En su artículo II, define el Genocidio como “cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial, o religioso...”.

La Convención sobre Prohibición de Genocidio entró en vigor el 12 de febrero de 1951.

La República Argentina, ratificó esta Convención el 9 de enero de 1956, por Decreto Ley 6.286/56.

La comunidad Armenia de la provincia de Buenos Aires, gran parte de ella ya tercera y cuarta generación, todos ellos ciudadanos de esta benemérita tierra, amantes y defensores de los Derechos Humanos, impulsan la presente ley al solo efecto de sostener el recuerdo de lo que no se debe permitir que vuelva a ocurrir en ningún lugar del mundo.

Si los estados del mundo hubieran reaccionado a tiempo y los países amantes de los derechos fundamentales del hombre hubiesen intervenido manifestando su enérgico repudio, muchos otros genocidios se habrían evitado.

Los descendientes de armenios en la República Argentina, en número de aproximadamente 100.000, hacen sentir su dolor en cada 24 de abril conjuntamente con las colectividades de todo el mundo que forman la gran diáspora Armenia calculada en aproximadamente 3.000.000 de personas.

Siendo Armenia un Estado que logró su independencia en el año 1991, es de importancia para el mismo, para la integridad de sus habitantes, territorio y su derecho de autodeterminación, que los países civilizados del mundo, brinden su apoyo a esta causa que trasciende lo meramente racial, étnico o religioso para ubicarse en la defensa del ser humano ante el poder arbitrario del régimen de turno.

El Papa Juan Pablo II, el 9 de noviembre de 2000, durante su encuentro en el Vaticano con el católico de todos los armenios Karekín II, mencionó el comunicado firmado por ambos que rezaba, “el genocidio armenio con el que comenzó el siglo, prólogo de los errores que siguieron”, en que “deliberadas campañas de exterminio costaron la vida de millones de creyentes”.

Por todo lo expuesto es que se solicita de este Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto de ley adjunto.

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.