LEY 1383
Contribución para los gastos
de la Exposición
de la Sociedad Rural
Argentina.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para entregar a la Sociedad Rural
Argentina ciento cincuenta mil pesos moneda corriente para coadyuvar a los
gastos que demande la
Exposición que celebrará en el corriente año.
ARTÍCULO 2.- Este gasto se imputará a Rentas Generales.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.