LEY 1383

 

Contribución para los gastos de la Exposición de la Sociedad Rural Argentina.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para entregar a la Sociedad Rural Argentina ciento cincuenta mil pesos moneda corriente para coadyuvar a los gastos que demande la Exposición que celebrará en el corriente año.

 

ARTÍCULO 2.- Este gasto se imputará a Rentas Generales.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.