RESOLUCIÓN N° 170-MCTI-18
LA PLATA, 4 de septiembre de 2018.-
VISTO el EX-2018-13785324-GDEBA-DATJMCTI, por el que tramita la aprobación del Convenio Específico Nº 1 al Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Ministerio de Público de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por RESOL-2018-169- GDEBA-MCTI, y
CONSIDERANDO:
Que por RESOL-2018-169-GDEBA-MCTI se aprobó el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires y ésta Jurisdicción, el cual tiene por finalidad acordar un marco institucional entre las partes que facilite la cooperación, la colaboración y el intercambio de información con miras a mejorar la prestación del servicio que proporcionan a la comunidad en el ámbito de sus competencias específicas;
Que en su cláusula segunda establece que las acciones y proyectos concretos que se deriven del presente Convenio serán instrumentados mediante actas o convenios específicos a ser suscriptos por las partes, a efectos de reglamentar modalidades para el cumplimiento de los fines propuestos;
Que el objeto del Convenio Específico Nº 1 enunciado en el exordio de la presente, es la asistencia técnica que ésta Jurisdicción brindará al Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires, a fin de fortalecer las capacidades de desarrollo tecnológico e innovación para la implementación del Programa MPBA 2050, creado por Resolución PG N° 353/18 –que se acompaña como Anexo Único del presente-, que consiste en un proyecto estratégico orientado a la mejora continua e innovación institucional del Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires, a través de la aplicación de tecnología a sus objetivos institucionales y orgánicos;
Que a los fines del seguimiento y la supervisión del presente Convenio, el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires designa al Equipo MPBA 2050, y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación a la Subsecretaría de Tecnología e Innovación;
Que el presente Convenio tendrá vigencia de dos (2) años a partir de la fecha de su firma y se renovará automáticamente por iguales períodos, siempre que ninguna de las partes comunique a la otra, con previo aviso de sesenta (60) días y por escrito su voluntad de rescindirlo, no pudiendo suspenderse aquellas actividades iniciadas con anterioridad a la comunicación las que continuarán hasta su efectiva culminación;
Que las partes se comprometen a resolver de manera amigable cualquier controversia derivada de la celebración, interpretación, ejecución y/o finalización del presente convenio, y en el caso de no arribar a una solución en esos términos, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios con sede en la ciudad de La Plata;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1°, inciso 5) del Decreto N° 272/17 E
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N° 272/17 E
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio Específico Nº 1 al Convenio Marco de Colaboración suscripto con fecha 3 de septiembre de 2018, entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Ministerio de Público de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por RESOL-2018-169-GDEBA-MCTI, el que como Anexo Único (IF-2018-18465973-GDEBADATJMCTI conjuntamente con su Anexo IF-2018-13096512- GDEBA-DPEMCTI) pasa a formar parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar a la Secretaría Legal y Técnica, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Jorge Román Elustondo, Ministro
NOTA: El Anexo podrá ser consultado en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
C.C. 9.921