Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 7
VISTO que por expediente Nº 5801-570501/15 por el cual se
tramita la aprobación del Calendario Escolar 2016 para todos los niveles, ciclos
y modalidades de la educación, en establecimientos dependientes de
CONSIDERANDO:
Que según lo pautado en
Que corresponde dar cumplimiento al Convenio del
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología N°
337/03 suscripto entre el Presidente de
Que el presente calendario, además de pautar los períodos formales de funcionamiento institucional, considera la organización de actividades que contemplan conmemoraciones y celebraciones por entender que las mismas, al concretarse en los espacios institucionales y de aula, posibilitan a los alumnos comprender y valorar el sentido de hechos y circunstancias, comprometiéndose personal y grupalmente;
Que se promueve la institucionalización y organización técnico- operativa de Actividades Científicas y Tecnológicas para coadyuvar al logro de la promoción de las prácticas de investigación en los distintos niveles, modalidades y contextos educativos;
Que las instancias local, regional y provincial de
Que las actividades a las que se hace referencia en los
apartados anteriores deben estar expresadas en
Que a partir de la importancia de la contextualización de las acciones, surge la necesidad de incorporar al presente calendario y a nivel de los servicios, actividades en conmemoración y celebraciones propias al contexto local y regional, por su reconocido valor cultural y de fuerte impacto socio-comunitario;
Que el impacto, al que se hace referencia, coadyuva al
proceso educativo enunciado en
Que el Consejo General de Cultura y Educación aprobó la
iniciativa presentada por
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo
69, inciso w, de
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Calendario Escolar 2016 para todos los niveles, ciclos y modalidades del sistema educativo de la provincia de Buenos Aires, cuyo Cronograma de Iniciación, Receso de Invierno y Finalización del Ciclo Lectivo se detalla en el Anexo 1 de la presente resolución, que consta de un (1) folio y se declara parte integrante de la misma.
ARTÍCULO 2º. Aprobar las Instrucciones Generales que se detallan en el Anexo 2, que consta de tres (3) folios, y las Conmemoraciones y Celebraciones que se establecen en el Anexo 3, que consta de un (1) folio, y se declaran parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º. Establecer que el protocolo escolar regirá de
acuerdo a lo establecido en
ARTÍCULO 4º. Aprobar el protocolo para los Actos de imposición de nombre de establecimientos educativos dependientes de esta Dirección General, establecido en el Anexo 4, que consta de un (1) folio y pasa a formar parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º. Aprobar los Cronogramas que se consignan como Anexo 5, que consta de un (1) folios, y Anexo 6, que consta de doce (12) folios, y se declaran parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º. Establecer que el Ciclo Lectivo 2016 se
desarrollará bajo el lema: Bicentenario de
ARTÍCULO 7º. Determinar que las Unidades Educativas de
Gestión Privada que se encuentren comprendidas en Convenios
Intergubernamentales sobre Cooperación Cultural y Científica fijarán su propio
ciclo lectivo, en el marco de la presente Resolución, el Convenio del
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología N°
337/03,
ARTÍCULO 8º. Dejar expresamente establecido que quedan derogadas todas las resoluciones y disposiciones que hayan concedido excepciones al cumplimiento del calendario escolar, salvo lo fijado en el segundo párrafo del artículo 7°.
ARTÍCULO 9º. Establecer que la presente resolución será refrendada por el Vicepresidente 1° de este Organismo.
ARTÍCULO 10. Registrar esta resolución que será desglosada
para su archivo en
Claudio M. Crissio Alejandro Finocchiaro
Vicepresidente 1º Director General de
Consejo General de Cultura y Educación Cultura y Educación
Anexo 1
Cronograma 2016
Niveles y Modalidades Inicio de Receso Finalización
de
Educación Inicial 29-02-2016 18-07 al 29-07 16-12-2016
Educación Primaria 29-02-2016 18-07 al 29-07 16-12-2016
Educación Especial 29-02-2016 18-07 al 29-07 16-12-2016
Educación de Adultos y Formación
Profesional 07-03-2016 18-07 al 29-07 07-12-2016
Educación Artística
(Esc. Estética) 29-02-2016 18-07 al 29-07 16-12-2016
Educación Física 29-02-2016 18-07 al 29-07 16-12-2016
C.E.F. 01-03-2016 18-07 al 29-07 28-02-2017
Psicología Comunitaria y
Pedagogía Social 29-02-2016 18-07 al 29-07 16-12-2016
C.E.C. 01-03-2016 18-07 al 29-07 28-02-2017
Educación Secundaria 07-03-2016 18-07 al 29-07 07-12-2016
Dirección de
Educación Superior 14-03-2016 18-07 al 29-07 25-11-2016
Educación Artística
(Nivel Terciario) 14-03-2016 18-07 al 29-07 25-11-2016
Notas:
* El acto de cierre del Ciclo Lectivo se podrá realizar del 12 al 16 de diciembre.
* JORNADAS INSTITUCIONALES: se llevarán a cabo 6 Jornadas durante el Ciclo Lectivo.
Anexo 2
Instrucciones Generales
Con la aprobación del presente Calendario, se establecen
pautas básicas que deberán regir para todas las unidades educativas públicas,
de gestión estatal y de gestión privada, dependientes de
Pautas Básicas
1. Ciclo Lectivo: Período durante el cual se realizan las actividades educativas anuales ordinarias para el conjunto de los alumnos de las unidades educativas; este ciclo no se interrumpe durante la suspensión de clases en época invernal.
El Ciclo Lectivo tendrá la siguiente duración:
a) Educación Inicial:
a.1. Jardines Maternales: desde el 01-02 hasta el 30-12-2016
a.2. Jardines de Infantes: desde el 29-02 hasta el 16-12-2016
b) Educación Primaria: desde el 29-02 hasta el 16-12-2016
c) Educación Especial: desde el 29-02 hasta el 16-12-2016
ch) Educación Adultos y F. Prof: desde el 07-03 hasta el 07-12-2016
d) Educación Secundaria: desde el 07-03 hasta el 07-12-2016
e) Educación Superior: desde el 14-03 hasta el 25-11-2016
f) Educación Artística:
f.1. Esc. de Educ. Estética: desde el 29-02 hasta el 16-12-2016
f.2. Nivel Terciario: desde el 14-03 hasta el 25-11-2016
g) Educación Física: desde el 29-02 hasta el 16-12-2016
g.1: C.E.F.: desde el 01-03-2016 hasta el 28-02-2017
h) Psicología Común y Pedagogía Social: desde el 29-02 hasta el 16-12-2016
h.1: C.E.C.: desde el 01-03-2016 hasta el 28-02-2017
2. Receso Escolar: Períodos que transcurren:
2.1. De verano: Entre el día siguiente al de finalización del Ciclo Lectivo y el anterior al de iniciación del siguiente.
2.2. De invierno: durante la suspensión de clases en época invernal (del 18 al 29 de julio)
Durante los períodos de receso escolar se desarrollan actividades complementarias para el logro de los objetivos educacionales.
2.3. Los Jardines Maternales, los C.E.C. (Centros Educativos Complementarios) y los C.E.F. (Centros de Educación Física) no tienen receso escolar en la época invernal.
3. Curso Escolar: El Curso Escolar se iniciará con las actividades previas de organización del ciclo lectivo y concluirá el día anterior al comienzo del siguiente curso escolar. Anualmente el Calendario Escolar determinará las fechas correspondientes.
En el año 2016 el Curso Escolar comenzará el 29-02-2016 y finalizará el 28-02-2017.
4. Suspensión de Actividades: Se suspenderán las actividades en los siguientes casos:
4.1. El día que se conmemora la fiesta patronal o el aniversario de fundación de la ciudad según lo determinen las autoridades municipales.
4.2. El día que se cumplen los 25, 50, 75, o 100 años de fundación del establecimiento.
En caso de más de 100 años, cada 25 años.
4.3. El día del sepelio de personal docente, no docente, del establecimiento.
4.4. El día del sepelio de un alumno del establecimiento.
4.5. Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren una emergencia, a nivel local, distrital o regional. Tendrán facultades para disponer la misma:
a) El Director/a cuando afecte sólo a su establecimiento.
b) El
Consejo Escolar y
4.6. En las Escuelas Idiomáticas Integrales adheridas al Consejo Central Israelita: Decláranse días no laborables para todos los habitantes que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío (Rosh-Hashaná), dos (2) días y el Día del Perdón (Ion Kipur) un (1) día. (Ley N° 24.571 - abrogada por el artículo 9º del Decreto 1.584/10) y las Pascuas Judías cuatro (4) días (Ley Nº 26.089 abrogada por el artículo 9º del Decreto 1.584/10).
4.7. En los establecimientos educativos de gestión privada
adheridos al Consejo de Educación Católica hasta un máximo de tres (3) días para
realizar el retiro espiritual anual destinado a los alumnos, siempre que se
ajusten a la reglamentación que a ese efecto dictara
4.8. Declárese día no laborable para todos los habitantes
de
Aclaración: Excepto en la situación del ítem 4.1, en los
casos de suspensión de actividades el/
5. Sin Suspensión de Actividades: Cada establecimiento podrá realizar un acto homenaje a su patrono en el aniversario de su nacimiento, fallecimiento o día especialmente instituido al efecto, o conmemorativo de su fundación.
6. Feriados Nacionales: Cronograma de los feriados correspondientes al año 2016. Decretos Nº 1.584/10 y Nº 1.768/13.
Feriados Inamovibles
FECHA DÍA CONMEMORACIONES
1º de Enero Viernes Año Nuevo
8 y 9 de Febrero Lunes y Martes Carnaval
24 de Marzo Jueves
Día Nacional de
25 de Marzo Viernes Viernes Santo
2 de Abril Sábado
Día del Veterano y
de los Caídos en
1º de Mayo Domingo Día del Trabajo
25 de Mayo Miércoles
Día de
20 de Junio Lunes
Paso a
D. Manuel Belgrano.
8 de Julio Viernes Puente Turístico
9 de Julio Sábado
Día de
8 de Diciembre Jueves Inmaculada Concepción de María
9 de Diciembre Viernes Puente Turístico
25 de Diciembre Domingo Navidad
Feriados Trasladables
Fecha Trasladados al día Conmemoraciones
(*) 17 de agosto Lunes 15 de Agosto Paso a la inmortalidad de General D. José de San Martín.
(*) 12 de octubre Lunes
10 de Octubre Día del
Respeto a
(*) 20 de Noviembre Lunes
28 de Noviembre Día de
(*) Estos feriados se rigen por el Decreto Nº 1.584/10
No Laborables Inamovibles
Fecha Día Conmemoraciones
24 de Marzo Jueves Jueves Santo
22, 23 y 24 de Abril Viernes a Domingo Pascuas Judías (a) *
24 de Abril Domingo Día de Acción por la tolerancia
y el respeto entre los pueblos
(Genocidio Armenio) (b)
Del 28 al 30 de Abril Jueves a Sábado Los dos primeros días y los dos (2) últimos días de la
Pascua Judía (a) *
4 y 5 de Octubre Martes y Miércoles Año Nuevo Judío (a) **
12 de Octubre Miércoles Día del Perdón (a) ***
# Año Nuevo Musulmán (c)
# Culminación del Ayuno (c)
# Fiesta del Sacrificio (c)
a) Solo para los habitantes que profesen
* Los dos primeros días del Pesaj (Pascua)
Los dos últimos días del Pesaj (Pascua)
** Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo).
***El día de Iom Kipur (Día del Perdón)
b) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente Ley.
c) Solo para los habitantes que profesen
(#) Se rigen por calendario lunar.
Anexo 3
Conmemoraciones y Celebraciones
Forma Tipo
1. Actos Solemnes 1.1. Se celebrará o conmemorará en una (1) hora de clase,
a criterio de
a la comunidad.
2. Actos Especiales. 2.1. Iniciación del Ciclo Lectivo
En la primera hora de clase con la presencia del personal
y alumnos de cada turno. Apertura comunitaria.
2.2. Finalización Ciclo Lectivo
En la modalidad que determinen las autoridades de cada servicio educativo.
Cuando por razones de fuerza mayor, las autoridades del
establecimiento, se vean imposibilitadas de realizar el acto de
clausura en la fecha prevista, el mismo, se concretará el día
que éstos determinen, previa comunicación a la
Inspección del Distrito.
3. Actos Evocativos 3.1. Actividades de cierre: en una hora de clase con la
presencia del personal y alumnos de cada turno.
3.2. Se conmemorará durante el inicio de cada turno con la presencia de todo el personal y alumnos, en la modalidad que determinen las autoridades de cada servicio educativo.
4. Otras Actividades 4.1. Actividades curriculares alusivas a la fecha.
Observaciones: En el caso de conmemorarse o celebrarse fechas no previstas en el presente Calendario, el Nivel o Modalidad pertinente dispondrá las medidas necesarias que posibiliten la realización de la misma, encuadrándola bajo las Formas 3 o 4.
Anexo 4
Protocolo para Acto de Imposición de nombre a Establecimiento Educativo
1- Recepción de autoridades por el/
2- Firma del Registro de Actos y Fiestas Escolares o
pergamino en
4- Traslado al lugar del acto.
5- Ubicación de las autoridades.
6- Izamiento de
7- Presentación de las autoridades asistentes por un locutor o un docente que asuma ese rol.
8- Entrada de
9- Himno Nacional Argentino.
10- Descubrimiento de sitio donde se encuentra el nombre y/o placas.
11- Por decisión de la comunidad podrán bendecirse las mismas.
11- Alocución por el/a Director/a del Establecimiento.
12- Alocución por parte de un representante de la comunidad que haya impulsado el nombre u otra persona que el personal directivo crea conveniente.
13- Palabras a cargo del/a Director/a General de Cultura y Educación o su representante, siempre y cuando sea su deseo hacerlo.
14- Retiro de
15- Desconcentración.
El/