LEY 11730

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de terreno ubicada en la intersección de la calle Los Arboles y Pablo Pizzurno del partido de Hurlingham -ex partido de Morón-, designada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 170, Parcelas 18,19, 20, 21, 22, 23 y 24 con las siguientes superficies: 331,30 metros cuadrados; 231,30 metros cuadrados; 224,64 metros cuadrados; 207,79 metros cuadrados; 288,90 metros cuadrados; 388,90 metros cuadrados; 388,90 metros cuadrados; respectivamente, con las mejoras realizadas, y cuyos dominios constan bajo las siguientes matrículas: 41.990, 41.991, 41.992, 41.993, 41.994, 41.995 y 41.996, a nombre de Agustín PREN y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

 

 

ARTICULO 2.- Dicho predio será donado a sus actuales ocupantes, la Asociación  Vecinal de Fomento Parque Quirno, Personería Jurídica 4.156/86, inscripta en el Registro Nacional de Entidades de Bien Público bajo el N° 958, con domicilio legal en la calle Roma N° 489, de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, con cargo de facilitar en forma gratuita sus instalaciones a los establecimientos educacionales de la zona.

 

 

ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

 

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.