Fundamentos de la

 Ley 11159

 

 

            Por el presente proyecto de ley, se propicia la modificación de la Ley 10.471 –Carrera Profesional Hospitalaria- a los efectos de incluir a los asistentes sociales, trabajadores sociales, licenciados en Servicio Social o títulos equivalentes de nivel terciario no universitario, entre los profesionales que puedan acceder a ella.

            Estos profesionales son egresados de institutos superiores de formación docente de la Dirección General de Escuelas y Cultura; de la Escuela Superior de Sanidad dependiente del Ministerio de Salud; o  de institutos privados reconocidos oficialmente por la provincia de Buenos Aires, y su formación de nivel terciario no universitario incluye materias y currículas semejantes a los profesionales universitarios con planes de cuatro años de estudio.

            Obran como antecedentes de esta justa reparación: La Ley 10.920 del 31/5/1990, por la cual el Poder Legislativo bonaerense sancionó por unanimidad las modificaciones a la ley de colegiación de asistentes sociales, en donde precisamente se reconoce para acceder a la matriculación indispensable para el ejercicio profesional, a todos los egresados con formación de nivel terci8ario no universitario.

            Además, dos proyectos en tratamiento en esta H. Cámara responden a idéntico espíritu, se trata de la apertura de carreras de licenciatura en Servicio Social en las universidades nacionales con asiento en territorio bonaerense y a requerirle al Poder Ejecutivo Provincial, la realización de los convenios respectivos, para posibilitar a todos estos profesionales el acceso a dichas licenciaturas.

            Cuenta también con media sanción a esta H. Cámara, un proyecto de ley que prevé el acceso a la Carrera Profesional Hospitalaria a los fonoaudiólogos de nivel terciario no universitario, egresados de los institutos superiores de la Dirección General de Escuelas y Cultura.

            Por las razones expuestas, todas ellas destinadas a eliminar discriminaciones sobre diversidad de títulos con planes equivalentes reconocidos por la provincia de Buenos Aires, se propicia la aprobación de este proyecto de ley.