LEY 11274

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

 ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, la fracción de terreno ubicada en la localidad de Gregorio de Laferrere, partido de La Matanza, designada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Manzana 168, Parcela 17, inscripto su dominio en la Matrícula N° 33.584, del partido de La Matanza, a nombre de Fernando Norese, Juana Beatríz Norese, Leonel Humberto Norese y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

 

ARTICULO 2.- El inmueble citado en el artículo anterior será transferido a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Escuela de Educación Media N° 3 “Antártida Argentina”, del partido de La Matanza.

 

ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Fiscal vigente, las reestructuraciones y/o modificaciones de crédito que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.


ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.