Provincia de Buenos Aires

INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL

Resolución Nº 3455/16

 

La Plata, 16 de abril de 2016.

 

VISTO el expediente Nº 2914-9360/16, iniciado por la Dirección General de Prestaciones, caratulado: “COPAGOS QUE ABONA EL AFILIADO DEL IOMA PARA RECIBIR PRESTACIONES AMBULATORIAS DE KINESIOLOGÍA, FONIATRÍA y AUDIOLOGÍA, ODONTOLOGÍA Y PRÁCTICAS DE LABORATORIO”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las presentes actuaciones se relacionan con los copagos que abona el afiliado del IOMA para recibir las prestaciones ambulatorias de Kinesiología, Foniatría y Audiología, Odontología y Prácticas de Laboratorio;

 

Que la Dirección General de Prestaciones detalla los valores acordados con cada una de las Entidades para cada prestación, puntualizando en cada caso la fecha de entrada en vigencia de los mismos;

 

Que para las Prestaciones de Odontología, relacionadas con la Sociedad Odontológica de - Sociedad Odontológica de La Plata (SOLP)- Federación Odontológica de la Provincia de Buenos Aires (FOPBA), se establece la vigencia del Copago: 15 de mayo de 2016;

 

Que para la prestación de Foniatría y Audiología relacionadas con la Asociación de Foniatría, Audiología y Logopedia Platense (AFALP) y para la Prestación de Kinesiología vinculadas con el Colegio de Kinesiólogos de la Provincia de Buenos Aires (COKIBA) la vigencia del Copago se determina desde el 1° de abril de 2016;

 

Que las prácticas de laboratorio a través de la Federación Bioquímica de la Provincia de Buenos Aires (FABA) la vigencia del Copago se establece a partir del 1° de mayo de 2016;

 

Que las modificaciones se dan en el marco del incremento de los valores sobre la totalidad de las prestaciones dispuesta por el Directorio de lOMA con fecha 27 de abril de 2016 según consta en Acta Nº 15;

 

Que la referida Dirección General formula la propuesta y agrega a las actuaciones Anexo con detalle del copago en categorías de prestaciones;

 

Que el Departamento de Coordinación deja constancia que el Directorio en su reunión de fecha 08 de junio de 2016, según consta en Acta Nº 21, Resolvió: Aprobar los nuevos valores de copago a cargo del afiliado del IOMA para las prestaciones Kinesiología, Foniatría y Audiología, Odontología y Prácticas de Laboratorio; según detalle que obra a fojas 2/3 del presente, que como Anexo Único formará parte del acto;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el art. 7º inc. f) y g) de la Ley Nº 6.982 (T.O. 1987).

 

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar los nuevos valores de copago a cargo del afiliado del IOMA para las prestaciones Kinesiología, Foniatría y Audiología, Odontología y Prácticas de Laboratorio que como Anexo Único forma parte de la presente Resolución, ello en virtud de los considerandos que anteceden.

 

ARTÍCULO 2º. Registrar. Notificar Sociedad Odontológica de La Plata (SOLP), Federación Odontológica de la Provincia de Buenos Aires (FOPBA), la Asociación de Foniatría, Audiología y Logopedia Platense (AFALP) , al Colegio de Kinesiólogos de la Provincia de Buenos Aires (COKIBA) y a la Federación Bioquímica de la Provincia de Buenos Aires (FABA). Pasar a las Direcciones Generales y demás Direcciones intervinientes del Instituto para su conocimiento. Publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

Sergio D. Cassinotti

Presidente IOMA

 

ANEXO ÚNICO

VALORES DE COPAGO A CARGO DEL AFILIADO