DECRETO 2209/71

 

LA PLATA, 4 de mayo de 1971.

 

VISTO el expediente nº 2402-905 de 1970 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, por el que se gestiona la adquisición directa de un inmueble ubicado sobre la Avenida Meeks Nº 362, entre las de Colombres y Mitre de la ciudad de Lomas de Zamora, partido del mismo nombre, con destino al funcionamiento de la Sede de la Zona VI de la Dirección de Arquitectura, en la suma de $ 186.350,00, tal como surge del contrato de compra-venta, obrante a fojas 40/41, suscripto ad-referéndum del Poder Ejecutivo; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Tesorería General de la Provincia presta conformidad a fojas 62 al pago convenido, por lo que corresponde exceptuarlo de los alcances del Decreto Nº 10377/62;

 

Que han producido despacho favorable el Ministerio de Obras Públicas y la Contaduría General de la Provincia;

 

Que en igual forma se han expedido los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, que en consecuencia procede dictar el pertinente acto administrativo, bajo la responsabilidad del funcionario que invoca las causales de excepción previstas en el Artículo 38 inciso d) de la Ley 7569;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase en todas sus partes el contrato de compra-venta obrante a fojas 40/41, suscripto ad-referéndum del Poder Ejecutivo, que agregado forma parte integrante de este Decreto, por el cual el señor RAÚL CLEMENTE NOGUE, por derecho propio, en su calidad de condómino y en nombre y representación, en virtud del poder especial conferido por ante el Escribano Jorge Arrupe de la ciudad de Lomas de Zamora, cuyo testimonio obra a fojas 34/35, de la señorita Elisa Valentina Nogue y Pereuilh, venden al Gobierno de la Provincia un inmueble ubicado sobre la Avenida Meeks Nº 362, entre las de Colombres y Mitre de la ciudad de Lomas de Zamora, partido del mismo nombre, designado en el plano Nº 63-70-62 con el número 15a, de la manzana Nº 1, con una superficie de 426,21 m2 y linderos que resultan del citado plano. Dicho bien se designa según catastro como Circunscripción VII – Manzana 1 – Parcela 1a y les corresponde a los transmitentes por la inscripción folio al 1981 del año 1944, Guía de Contribuyentes Nº 56.793 y se adquiere con destino al funcionamiento de la sede de la Zona VI de la Dirección de Arquitectura.

 

ARTÍCULO 2.- El inmueble a que se refiere el artículo anterior se adquiere en la suma de CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 186.350,00) debiéndose atender dicho gasto con cargo al PRESUPUESTO AÑO 1971 – CARÁCTER 1 – JURISDICCIÓN 5 – UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 4 – ÍTEM 11 – FINALIDAD 1 – FUNCIÓN 8 – PROGRAMA 1 – SECCIÓN 2 – SECTOR 5 – PARTIDA PRINCIPAL 2 – PARTIDA PARCIAL 21.

 

ARTÍCULO 3.- Autorízase a la ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se ha hecho referencia dentro del plazo pactado en la cláusula cuarta del contrato aprobado por el artículo precedente.

 

ARTÍCULO 4.- Líbrese orden de pago por separado a la TESOREÍA GENERAL DE LA PROVINCIA para que previa intervención de la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, se entregue al Escribano General de Gobierno o al funcionario que éste designe, la suma de CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 186.350,00) para que se haga efectiva al señor Raúl Clemente Nogue, la que será abonada en el momento del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio.

 

ARTÍCULO 5.- A efectos de proceder en la forma señalada en el artículo anterior, exceptúase la presente adquisición de los alcances del Decreto Nº 10377/62.

 

ARTÍCULO 6.- El movimiento que se produzca será denunciado en la próxima actualización con la intervención de los Registros Patrimoniales respectivos, debiéndose cumplimentar por parte del Ministerio de Obras Públicas lo establecido en el Artículo 17 del Registro Patrimonial Decreto número 6051/61.

 

ARTÍCULO 7.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Obras Públicas.

 

ARTÍCULO 8.- Previa notificación al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y remítase sucesivamente a la DIRECCIÓN DE GEODESIA y a la ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO a sus efectos.