|
Fundamentos de la Ley 12954
|
|
Considerando que nos encontramos en la más grave crisis socioeconómica de la historia de Argentina, que trastoca los más elementales derechos como los de trabajador y ejercer toda industria lícita, el partido de La Matanza traducido en un alto índice de desocupación, que afecta particularmente a los sectores de trabajo y la producción, refleja en la situación de los trabajadores de la empresa Cristalería San Justo S.A.I.C., un ejemplo de dicha circunstancia. Que, el trabajo es el medio indispensable para satisfacer las necesidades espirituales, materiales del individuo y de la comunidad, la causa de todas las conquistas de la civilización y el fundamento de la prosperidad general.
Que, el derecho de trabajar debe ser protegido por la sociedad, considerándolo, con la dignidad que merece y proveyendo ocupación a quien la necesite.
Que, es objetivo de las autoridades garantizar la fuente de trabajo para todas las familias que brindaron su fuerza laboral, desde hace tanto, en plantas fabriles del distrito que se encuentran sin actividad productiva.
Que, los trabajadores se han organizado para afrontar la desocupación a través de la formación de la “Cooperativa de Trabajo San Justo Limitada”, con el reconocimiento del Instituto Provincial de Acción Cooperativa (IPAC); para funcionar normalmente como persona jurídica, sobre la base de lo establecido por la Ley Nacional de Cooperativas 20.337.
Que, un amplio espectro de nuestra sociedad se solidarizó con el esfuerzo de los trabajadores ya que; partidos políticos, sindicatos, la municipalidad de La Matanza; a través de sus áreas respectivas, numerosas asociaciones cooperativas y no gubernamentales, entre otras, han colaborado para la apertura de esta fuente de trabajo.
Que, siendo las maquinarias indispensables para la continuidad de la producción, a través de la cooperativa formada por los trabajadores, es necesario tomar una decisión política que de una solución definitiva a la situación planteada.
Se trata de una empresa de origen familiar italiano, de una envergadura mediana y fabricante de lentes de vidrio para faros automotores y piezas de vidrio para alumbrado público y del hogar, comercializando sus productos por todo nuestro país, Europa y América Latina. Inicia sus actividades aproximadamente en el año 1965, teniendo como característica destacable que durante más de 25 años ha sido la única empresa nacional proveedora de las autopartistas de terminales automotrices (CIBIEFITAM). Cabe destacar que la misma alcanzó la homologación de su producción bajo normas de proceso europeas y es capaz de crear un producto a partir de un plano o muestra, ya que cuenta con capacidad de desarrollo de matricería.
La capacidad de producción, solo con un horno de alta capacidad, albergó el trabajo de entre 110 y 120 operarios que prestaban servicios hasta el año 1997, en 4 turnos de 6 horas, lo que arrojaba una producción de 24 horas continuas (en estos últimos 2 años la ocupación disminuyó a un promedio de 40 operarios, y un solo turno.
En el mismo período mencionado anteriormente, se incorporó un horno más chico (40% de capacidad respecto al existente) que se fabricó con mano de obra propia, reduciendo de esta manera el costo productivo.
Por todo lo expuesto es que solicito a los señores senadores acompañen con su voto afirmativo el presente proyecto de ley.
|